REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, jueves 31 de mayo del año 2018
206° y 158°

Asunto núm. SP01-L-2017-0000212

Vista la diligencia de fecha 25 de mayo del año 2018 suscrita por el abogado Leandro David Rosal Villamizar, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n. ° V.- 17 644 187, inscrito en el Inpreabogado con el número 241 305, mediante la cual desiste del presente procedimiento. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en concordancia con los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, intentado por el abogado Leandro David Rosal Villamizar en su condición de apoderado judicial de Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES) en contra del auto de fecha 6.6.2017, mediante el cual la Inspectoría del Trabajo le ordenó el reenganche y la restitución a la situación anterior de manera inmediata a la entidad de trabajo Inces Industrial, así mismo del acta de ejecución de reenganche de fecha 28.9.2017 en el expediente n. º 056-2017-01-00577.
El juez


Abg. Miguel Ángel Colmenares Chacón


La secretaria judicial


Abg. ª Haydee Alexandra Soto P.


Sentencia n. (interlocutoria con fuerza de definitiva)
Motivo: recurso de nulidad
Asunto n. ° SP01-L-2017-000212