REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, viernes 9 de marzo de 2018
207 ° y 159 °
Asunto n.° SP01-L-2017-000135
En el día de hoy, viernes 9 de marzo de 2018, siendo las 09:00 a. m., fecha y hora fijadas para la celebración de la audiencia de juicio oral y pública en el presente asunto, continente de la demanda incoada por el ciudadano Omar Alfonso Rico Chacón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n. ° 5.688.790, en contra de la Alcaldía del Municipio Guasimos del estado Táchira, por pensión por capacidad. Se deja constancia de la incomparecencia de la parte accionante, ni por sí ni por medio de apoderado. Seguidamente la ciudadana juez vista la incomparecencia de la parte accionante dicta el dispositivo del fallo en los siguientes términos: Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en la demanda incoada por el ciudadano Omar Alfonso Rico Chacón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n. ° 5.688.790, en contra de la Alcaldía del Municipio Guasimos del estado Táchira, por pensión por incapacidad, de conformidad con el contenido del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La juez,


Abg. Marizol Durán Colmenares


La secretaria judicial

Abg. Deivis J. Estarita