REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Táchira
San Cristóbal, 31 de Julio de 2018
208º y 159º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2016-008215
ASUNTO : SP21-S-2016-008215

RESOLUCION: N° 206-2018

AUTO. RESPUESTA A INCIDENCIA PLANTEADA
POR EL MINISTERIO PÚBLICO

IDENTIFICACIÓN DEL TRIBUNAL ÚNICO DE JUICIO

JUEZ ESPECIALIZADO: DR. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN.
SECRETARIO: ABG. YEISON ANDRÉS GRISMALDO CONTRERAS.
ALGUACIL DE SALA: JESUS MONCADA.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. NANCY GRANADOS, FISCAL 22° en colaboración con la Fiscalía 16°.

VICTIMA: M.I.C.C. (se omite identidad por mandato del artículo 65 de la ley orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes)

REPRESENTANTE LEGAL DE LA VICTIMA: DARCY CARRILLO. 0424-7601765 o 0414-7333491

ACUSADO: EDINSON MANCILLA MILLAN, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad V.-17.206.218, de 31 años de edad, Fecha de Nacimiento 28/12/1984, estado civil Soltero, profesión u oficio: Obrero, residenciado en el llanito, vía cordero, sector los alticos, vereda 3, casa 2-17, Cordero, Municipio Andrés bello Estado Táchira.

DEFENSA PRIVADA: ABG. JESUS MARIA TORRES JAIMES Y ABG. VICTOR JULIO CARDENAS NEIRA.

CALIFICACION JURIDICA

DELITO: ABUSO SEXUAL A NIÑA CON PENETRACION CONTINUADO previsto y sancionado en el artículo 259 primer y segundo aparte Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el articulo 99 del Código Penal, en el que resulta como víctima la niña M.I.C.C.
I
DE LA PETICION DEL MINISTERIO PÚBLICO
La Abogada NANCY GRANADOS Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público en colaboración con la Fiscalía 16°, en la Audiencia de Juicio celebrada en fecha 30 de Julio de 2018, interpuso formal incidencia en los términos siguientes: “En virtud de que el funcionario DOCTOR CARLOS CAMARGO se encuentra detenido, y por cuanto el informe suscrito por su persona es de vital importancia para el desarrollo del juicio, solicito sea oficiado al SENAMECF, a los fines de que se sustituya su declaración por la de otro experto de igual ciencia u arte, de conformidad al articulo 333 de Código Orgánico Procesal Penal. Es todo”.

Se le cede el derecho de palabra a la Defensa Técnica, la cual expuso: “No tengo objeción alguna, me adhiero al pedimento de la representación fiscal. Es todo”.
II
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR

Revisada como ha sido la incidencia planteada por el Ministerio Público, quien aquí decide, en garantía de la Tutela Judicial Efectiva, el derecho a la defensa y al debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Articulo 81 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, ACUERDA LO PETICIONADO, y en consecuencia ORDENA: OFICIAR AL SENAMECF A LOS FINES DE SOLICITAR LA SUSTITUCION DE DECLARACIÓN DEL DOCTOR CARLOS CAMARGO POR LA DE OTRO EXPERTO DE IGUAL CIENCIA U ARTE, el cual debe comparecer a la audiencia de Juicio fijada para el día 06 DE AGOSTO DE 2018 A LAS 09:30AM. ASI SE DECIDE-CUMPLASE.-




ABG. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN
JUEZ EN FUNCIONES DE JUICIO
DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER




ABG. YEISON ANDRES GRISMALDO