REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Táchira
San Cristóbal, 6 de Febrero de 2018
207º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2016-008340
ASUNTO : SP21-S-2016-008340
SENTENCIA: N° 39-2018

AUTO. RESPUESTA A PETICIÓN PLANTEADA
POR LA DEFENSA

IDENTIFICACION DEL TRIBUNAL UNICO DE JUICIO

JUEZ ESPECIALIZADO: ABG. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN.
SECRETARIA: ABG. KATERIN TAMARA BUBB PEREZ.
ALGUACIL DE SALA: JUAN CARLOS COLMENARES.


IDENTIFICACION DE LAS PARTES

FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. JUAN ALEXIS SANCHEZ, FISCAL 06° EN COLABORACION CON LA FISCALIA 27° DEL MINISTERIO PÚBLICO.

VICTIMA: KATHERINE ELIZABETH CASTILLO MOLINA Y MERCEDES MARIA MOLINA

ACUSADO: JESUS ALBERTO CONTRERAS GARCIA, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad V.-12.490.805, de 45 años de edad, Fecha de Nacimiento 14/06/1971, estado civil soltero, profesión u oficio Panadero, residenciado en el sector el Surural, parcelamiento Atenas, cas 2-40 La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira.

DEFENSA TECNICA: ABG. EVELIO CHACON.

CALIFICACION JURIDICA
DELITO: FEMICIDIO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 57 numeral 1 en concordancia con el articulo58 numeral 1° ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de su hijastra ya occisa KATHERINE ELIZABETH CASTILLO MOLINA, AUTOR material del delito de FEMICIDIO AGRAVADO FRUSTRADO, previsto y sancionado en el articulo 57 numeral 1 en concordancia con el articulo 58 numeral 1°, ambos Ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el articulo 80 del Código Penal, en perjuicio de su pareja MERCEDES MARIA MOLINA
I
DE LA PETICION DE LA DEFENSA
La DEFENSA TECNICA, ABG. EVELIO CHACÓN RINCÓN, en Escrito presentado ante este Tribunal De Juicio Especializado en fecha 02 de FEBRERO de 2018, interpuso formal petición en los términos siguientes: “…Por cuanto mi defendido tiene cita para el día miércoles 07 de Febrero de 2018, a las 02:00 de la mañana, en el SERVICIO DE RADIOLOGÍA DEL CENTRO DE DIAGNOSTICO HERMANOS RAMÍREZ CALDERON, ubicado en la Avenida 19 de Abril, a la altura del Viaducto Nuevo, San Cristóbal, Estado Táchira, solicito se oficie a los fines de que se ordene el traslado de mi defendido al CENTRO DE DIAGNOSTICO HERMANOS RAMÍREZ CALDERON, a los fines de que sea practicado ECO a las partes blandas del muslo derecho.
Por cuanto el mismo fue intervenido quirúrgicamente estando privado de su libertad.
Solicito se oficie a los fines de que se ordene el traslado de mi defendido al servicio de radiología del CENTRO DE DIAGNOSTICO HERMANOS RAMÍREZ CALDERON, ubicado en la Avenida 19 de Abril, a la altura del Viaducto Nuevo, San Cristóbal, Estado Táchira, a los fines de que asista a la consulta programada. Fundamento la presente solicitud en los artículos 51 y 83 de la constitución nacional de la republica bolivariana de Venezuela…”
II
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR
Revisada como ha sido la incidencia planteada por la Defensa, quien aquí decide, en garantía de la Tutela Judicial Efectiva, el derecho a la defensa y al debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 81 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, ACUERDA LO PETICIONADO por el Profesional del Derecho antes mencionado, y en razón de ello ORDENA: LÍBRESE BOLETA DE TRASLADO a los fines de que el Ciudadano JESUS ALBERTO CONTRERAS GARCIA, sea trasladado a la consulta medica supra indicada por la Defensa Técnica. ASI SE DECIDE-CUMPLASE.-






ABG. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN
JUEZ EN FUNCIONES DE JUICIO
DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER





ABG. KATERIN BUBB.
SECRETARIA