REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, treinta y uno de enero del año dos mil dieciocho
207º y 158º
ASUNTO: SP01-L-2014-000270
PARTE ACTORA: JOSÉ APARICIO CAMACHO CHACÓN, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.207.777.
ABOGADA ASISTENTE: RICHARD HERNÁNDEZ MORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N.º 98.326.
PARTE DEMANDADA: GONZALO MOTA, titular de la cédula de identidad Nº V.- 20.627.281
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada en la presente causa se efectuó el 08 de julio de 2014, fecha en la que la Unidad de Alguacilazgo consigna negativa la notificación de la parte demandada y la parte interesada no realizó actuación alguna para impulsar la presente demanda desde que presento la demanda en fecha 13 de junio de 2014, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establecen:
Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.
Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.
Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 08 de julio de 2014, la parte demandante no ha impulsado el procedimiento, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido suficientemente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS DERECHOS LABORALES, incoara la ciudadana JOSÉ APARICIO CAMACHO CHACÓN, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.207.777, en contra del ciudadano GONZALO MOTA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-20.627.281.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los treinta y un (31) de enero de dos mil dieciocho (2018).
La Jueza,
Abg. Luz Haydee Gómez González
La Secretaría,
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