JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL. San Cristóbal, a los diez (10) días del mes de Enero de Dos Mil Dieciocho (2018).

207° y 158°

En fecha 15 de diciembre de 2017, se recibió en esta Alzada, previa distribución, expediente signado bajo el N° 9187, procedente del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, remitido con motivo de la consulta que señala el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, de la decisión dictada por ese Juzgado en fecha 21 de noviembre de 2017.

Estando la presente causa para decidir, este Juzgador actuando en sede constitucional observa:
Que la presente causa se refiere a la acción de amparo constitucional intentada por la abogada Obis del Mar Parada Ochoa, inscrita ante el IPSA bajo el N° 216.958, actuando con el carácter de apoderada de la ciudadana María de la Luz Corredor Chacón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.078.608 (presunta agraviada), contra los ciudadanos Pedro Pablo Cegarra Zambrano, Carmelo Chávez Zambrano, Miguel Antonio Zapata Chacón, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.646.519, V-9.343.787 y V-4.111.694, en su condición de miembros del Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Línea Libre El Morrachón.
El recurso de amparo fue conocido inicialmente por vía de excepción por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ayacucho de esta Circunscripción Judicial, tal y como lo tiene establecido el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional en sentencia N° 1.555 de fecha 08-12-2000.
Tramitada la causa por ante el Tribunal Primero del Municipio Ayacucho, el a quo dictó sentencia el 09-11-2017 y por auto de fecha 10 de noviembre de 2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ordenó la remisión inmediata de las actuaciones al Jugado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, a los fines de la consulta obligatoria de la decisión dictada.
En fecha 16-11-2017, el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, recibió, previa distribución, el expediente a los fines de completar la instancia de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, dictando su fallo el día 21 de noviembre de 2017.
Por auto de fecha 12 de diciembre de 2017, el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, acordó la remisión del expediente al Juzgado Superior a los fines de la consulta señalada en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Ahora bien, en el caso en concreto, este Juzgado Superior en lo Civil, actuando en sede constitucional, visto que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante decisión N° 1307, del 22 de junio de 2005 (Caso: Ana Mercedes Bermúdez), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.220 de fecha 1° de Julio de 2005, derogó la consulta prescrita en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, razón contundente por la que se hace forzoso e ineludible declarar definitivamente firme la decisión dictada el 21 de noviembre de 2017 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial y que fuese remitida a consulta, por lo que se acuerda la devolución del expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo. Así se establece.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
El Juez Titular,


Miguel José Belmonte Lozada

La Secretaria Temporal,


Jenny Yorley Murillo Velasco

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 12:35 de la tardemañana y se dejó copia certifica para el archivo del Tribunal.
Exp. No. 17-4502
MJBL/ Jenny