TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 12 de diciembre de 2018.
208º y 159º
Vista la Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana NANCY FLORELIA MARTINEZ DE SALAZAR, venezolana, titular de la cédula de identidad Nros. V-4.211.734, domiciliada en el Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, actuando en nombre propio y asistida por la abogado YRAIMA MELANIE PETIT OMAÑA, inscrita en el IPSA bajo el N° 26.192, constante de (13) folios utilizados, este Tribunal procedió a escuchar la declaración testifical de los ciudadanos BEATRIZ EDICTHA MANCHEGA DE RODRIGUEZ y CARMEN ALICIA BARAJAS DE BAUTISTA, venezolanas, titulares de las cédulas de identidad N°s V-10.973.740 y V-12.630.462, respectivamente, insertas a los folios 10 al 13, quienes son contestes en señalar que ciertamente el ciudadano RÓMULO SALAZAR QUINTANA, falleció el día 6 de mayo de 2018 y que sus únicos y universales herederos son las ciudadanas NANCY FLORELIA MARTINEZ DE SALAZAR y ALFA GABRIELA SALAZAR MARTÍNEZ, fijadas mediante auto de fecha 08 de noviembre de 2018, inserto al folio 09. En consecuencia, este Tribunal procedió a constatar la documentación presentada ante el fallecimiento del ciudadano RÓMULO SALAZAR QUINTANA, y así se evidencia de acta de defunción N° 405, de fecha 07 de mayo de 2018, inserta a los folios 03 y 04, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en la cual consta que dejó esposa y una hija.
Así mismo, se verificó la siguiente documentación: a) Acta de Matrimonio N° 372, perteneciente a los ciudadanos RÓMULO SALAZAR QUINTANA y NANCY FLORELIA MARTINEZ TORRES, folios 5. b) Partida de Nacimiento N° 509, de fecha 27 de marzo de 1985, perteneciente a ALFA GABRIELA, expedida por la Jefatura Civil de la Candelaria, Prefectura del Departamento Libertador del Distrito Federal, folio 06; c) Copia de Cédula de Nancy Florelia Martínez de Salazar, Alfa Gabriela Salazar Martínez y del de cujus ROMULO SALAZAR QUINTANA, folios 07 y 08.
Vistas y analizadas las anteriores diligencias este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara suficientes los recaudos consignados con la presente solicitud, para asegurarle a las ciudadanas NANCY FLORELIA MARTINEZ DE SALAZAR y ALFA GABRIELA SALAZAR MARTÍNEZ, venezolanas, titulares de las cédulas de identidad N°s V- V-4.211.734 y V-16.901.156 el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ROMULO SALAZAR QUINTANA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.146.180, fallecido el día 06 de mayo de 2018, según acta de defunción N° 405, de fecha 07 de mayo de 2018, quien en vida fuera esposo y padre de las ciudadanas NANCY FLORELIA MARTINEZ DE SALAZAR y ALFA GABRIELA SALAZAR MARTÍNEZ, antes identificadas.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TITULAR,
Abg. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abg. MIRLEY ROSARIO COLMENARES DE MORA
En la misma fecha se deja copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Secretaria Temporal,
RMCQ/Mirley.-
Sol. N° 850-18
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