REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO CÓRDOBA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA,
SANTA ANA, OCHO (08) DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO (2018).-
208° Y 159°
En fecha 07 de agosto de 2018, se recibió oficio N° 20-DPIF-F15-0077-2018, procedente de la Fiscalía Décima Quinta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, constante de seis (06) folios útiles, remitiendo acta de homologación entre los ciudadanos: STEFANY GABRIELA GÓMEZ MALDONADO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-26.595.003 y EUDES ALONSO MÁRQUEZ CONTRERAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-18.959.578. recibida como ha sido la presente Acta Conciliatoria y visto su contenido, se acuerda darle entrada y curso de Ley correspondiente, quedando inventariado bajo el N° 1790, por cuanto la misma no es contraria a derecho en consecuencia, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA, dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: El padre se compromete en beneficio de sus dos hijos a suministrar la cantidad de DOS MILLONES DE BOLÍVARES (bs. 2.000.000,00), en dos cuotas de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00), cada una, serán depositados en dinero en efectivo y legal circulación los días quince (15) y treinta (30) de cada mes, en la cuenta de ahorros del Banco Provincial a nombre de la progenitora, signada con el N° 0108-0363-2202-0008-2898.
SEGUNDO: El obligado se compromete a cubrir el cincuenta por ciento (50%), de todos los demás gastos de sus hijos, así como útiles, uniformes escolares, , vestuario, calzado, gastos médicos, de medicinas, exámenes de laboratorio, gastos de la época decembrina.
TERCERO: Cualquier otra necesidad que los niños requieran será compartido por ambos progenitores a razón de 50 por ciento cada uno.
CUARTO: Se libro boleta de Notificación al Fiscal Decima Quinta del Ministerio Publico
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de Santa Ana, a los ocho (08) días del mes de agosto de Dos mil Dieciocho (2018).-
ABG. JESÚS ALEXANDER LANDINEZ NIÑO
JUEZ SUPLENTE
ABG. RICARDO JOSÉ VIVAS DUQUE
SECRETARIO TEMPORAL
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
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