TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, once (11) de abril de dos mil dieciocho.-
AÑOS: 207° y 158°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de UN (01) folio útil y VEINTICINCO (25) folios de recaudo consignados en la presente fecha, por la ciudadana: CARMEN EDILIA MOROS SERVITA, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad No. V-1.557.571, asistida por el abogado en ejercicio CARLOS ALBERTO CUENCA FIGUEREDO, venezolano, mayor edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 91.183 en el cual expone: que el 09 de abril de 2017, falleció la ciudadana TRANSITO MOROS SERVITA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No V-1.557.613, quien estuvo residenciada en San Cristóbal, estado Táchira; quien tuvo su deceso en el “HOSPITAL CENTRAL DR. JOSE MARIA VARGAS”, a causa de “INSUFICIENCIA RESPIRATORIA AGUDA NEUMONIA NOCOSOMIAL-POST-OPERATO”. Según Certificado de Defunción N° 2946234, de fecha 09-04-2017, expedido por la Doctora JENNIFER LUNA, titular de la cédula de identidad N° V-12.663.616; tal y como se desprende de la Acta de Defunción N° 703, levantado el 09 de abril de 2017, por ante el Registro Civil de la Parroquia la Concordia, Municipio San Cristóbal estado Táchira, habiendo presentado la solicitante los siguientes recaudos:
Copia certificada de Registro de Defunción N° 703 del año 2017, perteneciente a “TRANSITO MOROS SERVITA,” expedida el 09 del mes de abril de 2017, por el Registro Civil de la Parroquia la Concordia, Municipio San Cristóbal estado Táchira.
Copia Simple de Acta de Defunción No 036 del año 1979, perteneciente a la ciudadana: “ADELA SERVITA DE MOROS” expedida el 26 de noviembre de 2011, por ante el Registro Civil de la Parroquia la Concordia, Municipio San Cristóbal estado Táchira.
Copia Simple de Acta de Nacimiento No 227 del año 1936, perteneciente al ciudadano: “PABLO JOSE” expedida el 02 de noviembre de 2015, por ante el Registro Civil Principal del estado Táchira.
Copia Simple de Acta de Nacimiento No 612 del año 1934, perteneciente a la ciudadana: “TRANCITO” expedida el 25 de enero de 2018, por ante el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia Simple de Acta de Nacimiento No 214 del año 1951, perteneciente a la ciudadana: “CARMEN EDILIA” expedida el 21 de octubre de 2013, por ante el Registro Civil del Municipio Independencia Capacho del estado Táchira.
Copia Simple de Acta de Nacimiento No 912 del año 1948, perteneciente al ciudadano: “MANUEL JOSE” expedida el 27 de julio de 2009, por ante el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nros. V-1.557.613, V-1.889.292, V-1.557.571 y V-3.194.800 perteneciente a las ciudadanas: TRANSITO MOROS SERVITA, PABLO JOSE MOROS SERVITA, CARMEN EDILIA MOROS SERVITA y MANUEL JOSE MOROS SERVITA en su orden.
Justificativo de Testigos, evacuado el 20 de marzo de 2018, por ante el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: MAUREEN VALENTI DUQUE MORA y RODOLFO JOSE CASTELLANOS JAIMES, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cedulas de identidad Nros. V-15.862.061 y V-14.942.430; quienes fueron contestes al declarar que les consta que la causante TRANSITO MOROS SERVITA, dejo como a sus Únicos y Universales Herederos a sus hermanos, que a continuación se especifica.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: PABLO JOSE MOROS SERVITA, CARMEN EDILIA MOROS SERVITA y MANUEL JOSE MOROS SERVITA, venezolanos, mayores edad, caso el primer, la segunda y el tercero solteros, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-1.889.292, V-1.557.571 y V-3.194.800, en su carácter de hermanos de la causante TRANSITO MOROS SERVITA, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.
Ana Lola Sierra
Juez
Wendy Katherine Zafra R.
Secretaria
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 5426, siendo las nueve de la mañana (09:00 AM) y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.-
WENDY KATHERINE ZAFRA
Secretaria
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