REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
-
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes.
San Cristóbal, 14 de marzo de 2017.
206º y 158º

EXPEDIENTE N° 39982

MOTIVO: COBRO DE BENEFICIOS

SOLICITANTE: CARMEN HAYDEE MEDINA MEDINA

BENEFICIARIO: (SE OMITE SU NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)
FN: 09-10-2008.

En fecha 18 de octubre de 2016, la ciudadana CARMEN HAYDEE MEDINA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.9.342.350, asistida por la Abg. Marisol Maldonado, Defensora Publica, solicitó AUTORIZACIÓN para el cobro de beneficios, de su hijo el niño (SE OMITE SU NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES) , de 08 años de edad.
Admitida la solicitud y cumplidos los requerimientos exigidos en el auto de admisión, se procedió a realizar la audiencia única establecido en el articulo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se leyó y publicó la dispositiva del fallo, En tal sentido, revisado como ha sido la copia certificada presentada de la Declaración de Únicos y Universales Herederos , se ADMITE la misma de conformidad con lo establecido en el articulo 1.359 del Código Civil, quedando demostrado la filiación existente entre el niño (SE OMITE SU NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES) , venezolana, identificado con la partida de nacimiento No.93 de fecha 21 de Octubre de 2008, expedida por la Directora de Registro Civil del Municipio Tubores , del estado Nueva Esparta y el causante: JESUS RAFAEL MARTINEZ SALAZAR, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad N°V 13.980.893, fallecido en fecha 24 de Septiembre de 2016; según acta de defunción N°1934 de fecha 24 de Septiembre de 2016, levantada ante el Registro Civil del Municipio San Cristobal Estado Táchira.
En razón de lo cual, esta Juez Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE COBRO DE BENEFICIOS, formulada por la ciudadana: CARMEN HAYDEE MEDINA MEDINA. DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE COBRO DE BENEFICIOS formulada por la ciudadana CARMEN HAYDEE MEDINA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-9.342.350. En consecuencia se AUTORIZA a la ciudadana CARMEN HAYDEE MEDINA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-9.342.350, para que en nombre y representación de su hijo el niño (SE OMITE SU NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), venezolano, de ocho (08) años, según consta en la partida de nacimiento N° 93 de fecha 21-10-2008 emanada por el registro civil del Municipio Tubores de estado Nueva Esparta , solicite ante cualquier ente público o privado el COBRO DE LOS BENEFICIOS, que le pudiera corresponder en su condición de su hijo del causante JESUS RAFEL MARTINEZ SALAZAR, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.980.893, con la advertencia de que cualquier monto de la cuota parte en dinero que le pudiera corresponder a la niño (SE OMITE SU NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES) , debe ser remitido a este despacho en un cheque de gerencia a nombre de este CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, para ser agregado al expediente N°39982 de “COBRO DE BENEFICIOS.”
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal a los 14 - días del mes de Martes de 2017. Año 206º de la Independencia y 158º de la Federación.



ABG. ANA MARIA ROA SIERRA
JUEZ SEGUNDA DE MEDIACION, SUSTANCIACION
Y EJECUCION

ABG. MAYTTE FORERO
SECRETARIA

Exp. N°39982
AR/magda