REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 206° y 157°
ACTA
ASUNTO Nº SP01-L-2016-000381

PARTE DEMANDANTE: YAMILEX DE JESUS PERNIA SANABRIA, identificada con la cédula Nro.V-21.417.031

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: ENDER GUSTAVO PRATO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro.54.664

PARTE DEMANDADA: Fundación Mundo Mágico, representada por Elizabeth Martínez Uzcátegui, identificada con la cédula Nro.V-14.417.552, inscrita en el Registro Público del Municipio Cárdenas el 3 de julio de 2012, bajo el Nro.43, tomo 25.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JORGE ISAAC JAIMES LARROTA Y JOHAN ALBERTO CARRERO PERNÍA inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros.122.806 y 259.597

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros.

En el día hábil de hoy, 16 de marzo de 2017, a las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar, se hicieron presentes en la sede del Tribunal por la parte actora el coapoderado judicial ENDER GUSTAVO PRATO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro.54.664 y el apoderado general RICARDO ALEJANDRO SUAREZ identificado con la cédula Nro.V-23.547.163, según se desprende de instrumento poder autenticado ante la Notaría Pública Primera de San Cristóbal, el día 15 de marzo de 2017, el cual consigna en copia simple idéntica a su original constante de 2 folios, por la parte demandada se hizo presente el coapoderado judicial abogado JORGE ISAAC JAIMES LARROTA, inscrito en el I.P.S.A. bajo elNro. 122.806 quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de DOSCIENTOS SESENTA MIL BOLIVARES (Bs.260.000,oo) pagaderos mediante cheque de gerencia consignado en la sede del Tribunal. Por su lado la parte demandada acepta la oferta realizada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,

Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Demandante, La Parte Demandada,
Otro Si: El pago ofertado es para se realizado dentro de los 30 días continuos siguientes a partir de hoy