REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Violencia contra la Mujer. Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio.
San Cristóbal, 6 de Julio de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2015-000783
SENTENCIA N ° 178-2017
MANDATO DE CONDUCCIÓN
En la audiencia de continuación del juicio de fecha 04 de Julio de 2017, la ABG. CARMEN HERNANDEZ en su condición de Fiscal Vigésimo Segunda del Ministerio Público, interpuso incidencia en los siguientes términos: “buenos días ciudadano juez, en vista la incomparecencia del Funcionario José Sánchez adscrito al CICPC y en vista la contumacia del mismo solicito se ratifique el mandato de conducción ha los fines de escuchar su actuación en el siguiente procedimiento en aras de dar una continuidad efectiva a dicho juicio. Asimismo se le cede el derecho de palabra a la defensa técnica, quien manifestó: no tengo objeción al perdimiento formulado por la representación fiscal, y en consecuencia me adhiero al mismo. Es todo.”
Revisada como ha sido la petición de la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público. Este Juez Especializado DECIDE ORDENAR MANDATO DE CONDUCCIÓN la petición efectuada, la cual guarda relación con las NOTIFICACIONES DE FECHAS: 12-06-2016, 16-06-2016, 26-06-2017, 30-06-2017, que le fueran libradas a la ciudadana PSIQUIATRA OLGA SUEREZ, para que comparezca a rendir declaración en el juicio que se le sigue al ciudadano: ANDRES MOISES VILLADIEGO, titular de la cédula de identidad N° C.C- 1.093.772.156, por la presunta comisión del delito de: PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el articulo 174 del Código Penal, y VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de R. T. S. C. (Se omite por razones de Ley). DE TAL MANERA QUE SE ORDENA HACER COMPARECER POR LA FUERZA PÚBLICA A ESTE TRIBUNAL ÚNICO DE JUICIO, a la ciudadana PSIQUIATRA OLGA SUEREZ, quien puede ser ubicada en CLINICA DE REPOSO MENTAL VIRGEN DE COROMOTO 0276-3555409,para que rinda declaración en la audiencia de continuación del juicio que ha sido fijada nuevamente para el día 11 DE JULIO DEL 2017 A LAS 10:30 AM. Todo ello en el marco de las facultades conferidas en el artículo 340 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual en su contenido establece: “…Cuando el experto o experta, o testigo oportunamente citado o citada no haya comparecido, el Juez o Jueza ordenará que sea conducido, por medio de la fuerza pública, y solicitará a quien lo propuso que colabore con la diligencia…”. ASI SE DECIDE.-CUMPLASE.-

ABG. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN
JUEZ DEL TRIBUNAL ÚNICO DE JUICIO CON COMPETENCIA
EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

ABG. KATERIN BUBB
SECRETARIA



2:28 PM