JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, doce de julio del año dos mil diecisiete.

207º y 158º

JUEZ INHIBIDO: Abg. Josué Manuel Contreras Zambrano, Juez Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.

I
ANTECEDENTES

Se recibieron en este despacho previa distribución, las presentes actuaciones relacionadas con la inhibición presentada por el abogado Josué Manuel Contreras Zambrano, Juez Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el expediente N° 22110-15, nomenclatura de dicho Tribunal.
En las copias certificadas tomadas del referido expediente, remitidas a este Juzgado Superior para el conocimiento de la inhibición, consta lo siguiente:
- Citación Nro. 20-F23-1826-2017 de fecha 18 de mayo de 2017 dirigida por la Fiscalía Vigésima Tercera del Ministerio Público al Juez Josué Manuel Contreras Zambrano, a fin de ser entrevistado en calidad de testigo en la causa penal No. MP-178790-2017, iniciada con ocasión de denuncia interpuesta por el abogado Jesús David Pérez Morales el día 18 de abril de 2017. (f. 2)
- Acta de inhibición de fecha 22 de junio de 2017, suscrita por el abogado Josué Manuel Contreras Zambrano, con el carácter indicado. (f. 3)
En fecha 6 de julio de 2017 se recibieron las presentes actuaciones en este Juzgado Superior, como consta en nota de Secretaría (f. 5); y por auto de la misma fecha se le dio entrada e inventario (f. 6).

II
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR

El abogado Josué Manuel Contreras Zambrano, Juez Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, manifiesta en el acta de fecha 22 de junio de 2017, que:
…decide (sic) INHIBIRSE (sic) del conocimiento de la causa nomenclada (sic) 22110 relacionado (sic) con el juicio de DESLINDE formulado por JESUS (sic) DAVID PEREZ (sic) MORALES contra RAFAEL ANGEL (sic) QUINTERO RUIZ, por las razones que a continuación se esgrimen:
El profesional del Derecho (sic) abogado JESUS (sic) DAVID PEREZ (sic) MORALES, titular de la cédula de identidad N° V- 10.145.583 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.307, quien actúa en la presente causa como demandante, formuló denuncia en contra de este Jurisdicente (sic) en fecha 18-04-2017 por ante la Fiscalía del Ministerio Público del Estado Táchira signada con la causa N° MP-178790-2017, de la cual se agrega copia simple al expediente.
Ahora bien, por considerar que me encuentro incurso en la causal del ordinal 17 artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece:
…omissis…
De acuerdo a la norma indicada, dicha circunstancia afecta el ánimo, ecuanimidad y serenidad que debo mantener como juez, por lo cual veo comprometida mi imparcialidad, razón por la cual considero que lo más idóneo en aras de una recta y sana administración de justicia es inhibirme del conocimiento de la presente causa.
De igual forma el artículo 84 ejusdem, impone a los funcionarios judiciales para los casos en que considere (sic) exista alguna causal de recusación lo siguiente:
…omissis…
Y en apego a lo normado, solicito Respetuosamente (sic) a la Superioridad que ha de conocer la presente inhibición, salvo mejor apreciación la declare con lugar. … . (f. 3)


Establece el mencionado artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:

Artículo 82: Los funcionarios judiciales, sean ordinarios, accidentales o especiales, incluso en asuntos de jurisdicción voluntaria, pueden ser recusados por alguna de las causas siguientes:

….omissis...
17. Por haber intentado contra el Juez queja que se haya admitido, aunque se le haya absuelto, siempre que no hayan pasado doce meses de dictada la determinación final.

Ahora bien, al revisar las actas procesales se evidencia al folio 2 que, efectivamente, la Fiscalía Vigésima Tercera del Ministerio Público libró en fecha 18 de mayo de 2017 citación al Juez inhibido, a fin de ser entrevistado en calidad de testigo en la causa penal No. MP-178790-2017 nomenclatura de ese Despacho, iniciada con ocasión de denuncia interpuesta por el abogado Jesús David Pérez Morales; siendo entrevistado en fecha 15 de junio de 2017.
En consecuencia, considera esta sentenciadora que se encuentra configurada la causal de inhibición prevista en el numeral 17 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, resultando forzoso declarar con lugar la presente inhibición. Así se decide.



III
DECISIÓN

Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición presentada por el Abg. Josué Manuel Contreras Zambrano, Juez Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Remítase con oficio N° 0570-243, copia certificada de la presente decisión al Juez inhibido.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada del fallo para el archivo del Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y bájese el expediente en su oportunidad legal.

La Juez Titular,

Aura María Ochoa Arellano
La Secretaria Temporal,

Abg. Rossana del Valle Ramírez López

En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previas las formalidades de Ley, siendo las once y cuarenta minutos de la mañana (11:40 a.m.) y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Exp. N° 7111