JUZGADO SEGUNDO DE MUNIICPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO AYACUCHO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Juan de Colon, 06 de Octubre de 2016.
206° y 157°
Visto el escrito presentado por ante este Tribunal por la ciudadana JOHANA YERALDINE VANESSA CHACON ROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 19.596.213, con domicilio en la Urbanización Pérez de Tolosa Municipio Ayacucho del Estado Táchira, asistida de la abogada en ejercicio LADY MENNA NIÑO SOTO, abogada, titular de la cedula de identidad N° V.- 4.110.151, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 18.863, en la que solícita Titulo Supletorio sobre bienhechurias realizadas en inmueble que mantiene en posesión desde hace mas de cinco años, agregando una serie de pruebas a fin de que sean declaradas bastantes y suficientes para asegurarle su posesión. Agrega los siguientes elementos probatorios:
- Justificativo de testigos cuyos declarantes ALVIADES ROA GILBERTO, titular de la cedula de identidad N° V.- 8.105.428, y SANCHES CHACON FIDELINO, titular de la cedulad e identidad N° V.- 8.101.119, declaran asertivamente a las preguntas, siendo coincidentes,
-constan en 04 folios útiles declaración de vecinos avaladas con sus firmas sobre el lugar y las mejoras realizadas por la solicitante y sobre las gestiones que ha venido realizando ante Fundayacucho en solicitud de la propiedad del terreno,
-Consta en 19 folios útiles, constancia de vecinos que dan fe de los trabajos realizados por la solicitante, el cuido y mantenimiento del terreno, así como los gastos realizados.
-Constan en 15 folios útiles copias fotostáticas de recibos de pago referidos a la cancelación de trabajo de mantenimiento del terreno desde el año 2010,
-Consta diligencias ante el Consejo Comunal de la Urbanización Pérez de Tolosa, del Municipio Ayacucho como declaración de posesión de terreno y declaración jurada de no poseer vivienda, avalada con sello húmedo del mencionado Consejo Comunal.
-Consta en 04 folios útiles copias de facturas de compra de materiales de construcción del año 2010, Consta contrato de servicio de agua rural, -Consta declaración del Consejo Comunal de la Urbanización Pérez de Tolosa, que la solicitante posee un inmueble que es su residencia, que es de su propiedad, y que ha permanecido allí por mas de 05 años, firmada por sus representantes y avalada con el sello húmedo del Consejo comunal, Constan diligencias ante fundayacucho a los fines de que se le sea reconocido su derecho de propiedad sobre el terreno donde se encuentran construidas las mejoras, y finalmente
-constan recibos de pago de conservación y mantenimiento del terreno como compra de material de construcción.
Visto el acerbo probatorio es que este Juzgado Segundo de Municipio Ayacucho del estado Táchira , Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle el derecho de propiedad a la ciudadana JOHANA YERALDINE VANESSA CHACON ROA, ya identificada sobre unas mejoras consistes en la edificación de un inmueble destinado para vivienda familiar, ubicada en el Barrio Pérez de Tolosa, carrera 1 con final de la calle 4 y 5 de san Juan de Colon, Municipio ayacucho del estado Táchira, cuyas caracteristicaza son las siguientes: una habitación de tres metros de ancho por cuatro metros de largo con baño privado, un área de cocina, fomentadas con bloque sin frisar, piso de cemento rustico, techo de acerolit, con puertas metálicas y ventanas metálicas, perimetralmente cercado con paredes de bloque en todo el terreno sin frisar, con una puerta metálica en la parte de atrás, presenta fundaciones de bases y muro para la realización de placa , con los servicios de agua blanca, aguas negras, agua rural, Cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: en parte con lote N°. 5 y en parte con alud de la zona protectora , mide 26 metros, SUR: Con el Lote N° 3 ; ESTE: Con la quebrada La Colorada y (alud de zona Protectora), mide 8,24mts, OESTE: Con la carrera 1 mide 8,24 mts. Para un área total de 214,24 mts2. Las mejoras aquí descritas arrojaron un costo de ochocientos cincuenta mil bolívares (850.000,00Bs) de inversión, desglosado entre mantenimiento de terreno, mano de obra e Inversión en el material de construcción. Dichas mejoras fueron edificadas sobre terrenos de FUNDAYACUCHO, pertenecientes a la Alcaldía del Municipio Ayacucho, de los cuales se evidencia gestiones de compra ante la misma.
De conformidad con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines de su registro.-
SAIDA YAMILKA PRADA CHACON
JUEZ PROVISORIO
Rosa María del Re Jaimes
Secretaria Temporal.
S. N° 210/2016.
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