TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 26 de octubre de 2016.
206º y 157º

Visto el escrito presentado por el ciudadano MAURICIO MONSALVE AYALA, colombiano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° E- 83.742.161 en nombre propio y en representación de la ciudadana DIANES ISABEL PEDROZA MONTEJO, colombiana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° E-83.742.160, asistido por la abogada NANCY DE JESUS SAYAGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.203, mediante la cual CONVIENE en la presente causa; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, le imparte su HOMOLOGACIÓN y da por consumado el acto, conforme con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. En virtud de que el pago fue realizado en dinero efectivo, desvuélvase el cheque de gerencia consignado a la parte solicitante a los fines de su anulación.
La Jueza Temporal,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MARQUEZ
La Secretaria,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) ______________, quedó registrada bajo el N° ________, y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


Abg. MAURIMA MOLINA COLMENARES/Secretaria
Exp . Nº 2521-2016
BYVM/Mcmc
Va sin enmienda