TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN ANTONIO, VEINTICINCO 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015.

205° y 156°

Visto la aceptación de la ciudadana MARLY JUDITH ABREO RIVERA, de esta misma fecha, DE FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, y por otra parte el ciudadano RONALD QERNER LOPEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.037.153, dio contestación a la demanda interpuesta por la ciudadana antes mencionada, en fecha 28 de septiembre de 2016, ofreciendo la cantidad de Treinta Mil Bolívares (Bs. 30.000, oo), mensuales, y para el época escolar y decembrina y los gastos de medicina son compartidos entre los dos, todo a favor del adolescente RONALD STEVEN y los niños SE OMITE por cuanto el mismo no es contrario a derecho, ni a ninguna disposición expresa de la Ley este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 375 de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente. Déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.- EL JUEZ
ABG. JOSE ANTONIO CACERES

LA SECRETARIA,

ABG. MAGDA FABIANA ALVAREZ MEZA
JAC*yma.-
Exp. 224-2016