REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

206° y 157°

Vista la diligencia de fecha 16 de Julio del 2014, suscrita por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS MARQUEZ ALMEA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 90.937, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadana LUZ MERCEDES RODRIGUEZ VALBUENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.956.675, en la cual manifiesta que la parte demandada ciudadano GERARDO ANTONIO VERA PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.812.755, cumplió con la pretensión de la parte actora; y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En virtud que en la presente causa no hay más actuaciones que practicar, archívese el expediente.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los diecinueve (19) días del mes de Octubre del año dos mil dieciséis. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.

Abg. ANA RAYBETH ZAMBRANO PASTRAN
JUEZ TEMPORAL


Abg. RAQUEL DUARTE CASTAÑEDA
SECRETARIA
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), quedando registrada bajo el N° 166, y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.



Abg. RAQUEL DUARTE CASTAÑEDA
SECRETARIA