TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintisiete (27) de octubre de dos mil dieciséis.-
AÑOS: 206° y 157°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de DOS (02) folios útiles y CUARENTA Y SIETE (47) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por los ciudadanos CARMEN MARIA NAZOA DE CORREDOR, KIMBERLY LISBELAY CORREDOR NAZOA, MOISES ABRAHAN CORREDOR NAZOA, FATIMA DEL VALLE CORREDOR NAZOA, GLADYS ELENA CORREDOR NAZOA, MILEIDY YULIBETH CONSOLACION CORREDOR NAZOA, JOSE GREGORIO CORREDOR NAZOA, NAYARY YURUBY CORREDOR NAZOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.199.226, V-26.207.906, V-19.599.682, V-19.599.692, V-19.133.689, V-14.041.995, V-14.042.080, V-26.207.907, quienes actúan asistidos por el Abogado en ejercicio NOEL ALFONSO ANGULO GUERRERO, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.660; en el cual expone: que el día 05 de abril de 2015, falleció el ciudadano JOSE ABILIO CORREDOR FLOREZ, quien en vida fuese venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.631.301, quien estuvo domiciliado en la siguiente dirección: Calle Principal, Casa N° 9 frente al Distribuidor Nuevo El Corozo del estado Táchira; quien tuvo su deceso en la Policlínica Táchira Hospitalización C.A. de esta Jurisdicción, a causa de “…SHOCK CARDIOGENICO- INFARTO AGUDO MIOCARDIO…”, según Certificado de Defunción N° 2609405, de fecha 05/04/2015, expedido por la Dra. Gloria Díaz, titular de la cédula de identidad N° V-19.359.323; tal y como se desprende de Registro de Defunción N° 677 levantado el 06 de abril de 2015, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira, habiendo presentado los solicitantes los siguientes recaudos:
Copia certificada de Registro de Defunción N° 677 del año 2015, perteneciente a “JOSE ABILIO CORREDOR FLOREZ”, expedida el 24 de julio de 2015, por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Acta de Matrimonio N° 52 del año 1984, perteneciente a “JOSE ABILIO CORREDOR FLOREZ y CARMEN MARIA NAZOA”, expedida el 21 de abril de 2015, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 80 del año 1994, perteneciente a “KIMBERLY LIBESLAY”, expedida el 21 de abril de 2015, por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 308 del año 1990, perteneciente a “MOISES ABRAHAN”, expedida el 22 de abril de 2015, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 774 del año 1987, perteneciente a “FATIMA DEL VALLE”, expedida el 04 de julio de 2013, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 1185 del año 1985, perteneciente a “GLADYS ELENA”, expedida el 22 de abril de 2015, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 518 del año 1978, perteneciente a “MILEIDY YULIBETH CONSOLACION”, expedida el 22 de abril de 2015, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 125 del año 1980, perteneciente a “JOSE GREGORIO”, expedida el 06 de octubre de 2016, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento N° 125 del año 1980, perteneciente a “JOSE GREGORIO”, expedida en fecha 05 de octubre de 2016, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, donde se declara con lugar la rectificación de la mencionada Acta de Nacimiento.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 443 del año 1995, perteneciente a “NAYARY YURUBY BETZABETH”, expedida el 21 de abril de 2015, por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia simple de cédulas de identidad Nros. V-4.631.301, V-6.199.226, V-26.207.906, V-19.599.682, V-19.599.692, V-19.133.689, V-14.041.995, 14.042.080, V-26.207.907, pertenecientes a los ciudadanos: JOSE ABILIO CORREDOR FLOREZ, CARMEN MARIA NAZOA DE CORREDOR, KIMBERLY LIBESLAY CORREDOR NAZOA, MOISES ABRAHAN CORREDOR NAZOA, FATIMA DEL VALLE CORREDOR NAZOA, GLADYS ELENA CORREDOR NAZOA, MILEIDY YULIBETH CONSOLACION CORREDOR NAZOA, JOSE GREGORIO CORREDOR NAZOA, NAYARY YURUBY BETZABETH CORREDOR NAZOA.
Justificativo de Testigos N° 9259, evacuado el cinco (05) de junio de 2.015, por ante el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: JOSE ANTONIO VELASCO MORA, JOSE JAVIER CONTRERAS ZAMBRANO y JORGE ENRIQUE BARRETO ESCALANTE, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad Nros. V-10.166.332, V-16.409.483 y V-12.234.957; quienes fueron contestes al declarar que les consta que el causante JOSE ABILIO CORREDOR FLOREZ, dejo como a sus Únicos y Universales Herederos a su Cónyuge e Hijos, que a continuación se especifica.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: CARMEN MARIA NAZOA DE CORREDOR, KIMBERLY LIBESLAY CORREDOR NAZOA, MOISES ABRAHAN CORREDOR NAZOA, FATIMA DEL VALLE CORREDOR NAZOA, GLADYS ELENA CORREDOR NAZOA, MILEIDY YULIBETH CONSOLACION CORREDOR NAZOA, JOSE GREGORIO CORREDOR NAZOA, NAYARY YURUBY BETZABETH CORREDOR NAZOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad, , V-6.199.226, V-26.207.906, V-19.599.682, V-19.599.692, V-19.133.689, V-14.041.995, 14.042.080, V-26.207.907; en su condición de Cónyuge e Hijos del causante JOSE ABILIO CORREDOR FLOREZ, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.
Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Beatriz Márquez
Secretaria Temporal
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 5141, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.- La Secretaria Temporal
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