REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CORTE DE APELACIÓN

Jueza Ponente: Abogada Ledy Yorley Pérez Ramírez.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

IMPUTADO
JESUS RICARDO SANCHEZ SANDIA, de Nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad número V-21.420.718, plenamente identificado en autos.

DEFENSA
Abogado Oscar Iván Cañas Vásquez.

FISCAL
Abogados Handerson Rosales Molina y Fabio José Ochoa Reyes, Fiscal Auxiliar Interino Encargado de la Fiscalía Décima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.

DELITO
Robo Propio en Grado de Tentativa.

DE LA RECEPCIÓN Y ADMISIÓN DEL RECURSO INTERPUESTO.

Subieron las presentes actuaciones, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Abogad Oscar Iván Cañas Vásquez, en su carácter de defensores del imputado Jesús Ricardo Sánchez Sandia, contra la decisión dictada en fecha 10 de agosto de 2016, por la Abogada Cleopatra del Valle Avgerinos Pineda, en su condición de Jueza Quinta del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, revocó de oficio la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad.
Recibidas las actuaciones por la Corte de Apelaciones, se les dio entrada el día 04 de octubre de 2016, designándose como ponente a la Jueza Abogada Ledy Yorley Pérez Ramírez, quien con tal carácter suscribe la presente decisión.

En fecha 06 de octubre de 2016, se recibió escrito procedente la oficina de alguacilazgo presentado por el abogado José Andrés Roa Roa, en su carácter de defensor del imputado de autos, mediante el cual desistió del recurso de apelación interpuesto. Se libró boleta de traslado.

En fecha 14 de octubre de 2016, se hizo presente el imputado Jesús Ricardo Sánchez Sandia, previo traslado del órgano legal.

DEL DESESTIMIENTO DEL RECURSO INTERPUESTO

De las presentes actuaciones, evidencia esta Alzada, que al folio veintisiete (27) corre inserto escrito suscrito por el abogado José Andrés Roa, en su carácter de defensor del imputado Jesús Ricardo Sánchez Sandia, mediante el cual desiste del recurso de apelación interpuesto por el abogado Oscar Iván Cañas Vásquez, en fecha 17-08-2016.

Así mismo, de autos corre agregada en el folio veintinueve (29), acta ratificando escrito de diferimiento de fecha 14 de octubre de 2016, mediante el cual el imputado Jesús Ricardo Sánchez Sandia, previo traslado del órgano legal, ratificó el escrito de fecha 03-10-2016, presentado por el abogado José Andrés Roa Roa, en el que desistió del recurso de apelación que fuera presentado anteriormente por el abogado Oscar Iván Cañas Vásquez, relacionado con la causa penal signada con la nomenclatura de esta Alzada 1-Aa-SP21-R-2016-000347.

De allí que, esta Corte observa que el imputado Jesús Ricardo Sánchez Sandia, manifestó desistir del recurso de apelación interpuesto por su abogado defensor, contra la decisión dictada en fecha 10 de agosto de 2016, por la Abogada Cleopatra Avgerinos Pineda, en su condición de Jueza Quinta del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal.

Por lo anterior, esta Alzada da por DESISTIDO el recurso de apelación y homologa dicho desistimiento, dándole autoridad de cosa juzgada. Y así se decide.

DECISION

Por los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente:

ÚNICO: Homologa el Desistimiento al recurso de apelación interpuesto, por el Abogado Oscar Iván Cañas Vásquez, en su carácter de defensor del imputado Jesús Ricardo Sánchez Vásquez, dándole autoridad de cosa juzgada.

Publíquese, regístrese, notifíquese, y déjese copia de la presente sentencia.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los veinte (20) del mes de octubre del dos mil dieciséis (2016). Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.

Las Juezas de la Corte,



Abogada NELIDA IRIS CORREDOR
Jueza Presidenta





Abogada LADYSABEL PÉREZ RON Abogada LEDY YORLEY PÉREZ RAMÍREZ
Jueza de la Corte Jueza Ponente




Abogada DILAIRET CRISTANCHO LABRADOR
Secretaria


1-Aa-SP21-R-2016-347/LYPR/chs.