REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:


TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, SANTA ANA, DIEZ (10) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS (2016).-
206° Y 157°
Visto el contenido del escrito realizado por el ciudadano: YEFFERSON EDUARDO JAIMES CAMARGO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-21.219.944, quien se presento ante este Tribunal voluntariamente para efectuar el ofrecimiento para el aumento de la obligación de manutención, debidamente aceptado por la ciudadana: YAJAIRA LISBETH BOLADO DE JAIMES, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.877.525. Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA, dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: Se fija el aumento de la obligación de manutención en la suma de: QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00) MENSUALES, los cuales serán depositados por el obligado.
SEGUNDO: En el mes de Agosto ambos padres se comprometen a la compra de útiles y uniformes escolares para su hijo, en un 50% cada uno.
TERCERO: En el mes de Diciembre ambos padres se comprometen a la compra de: vestido, ropa interior, calzado, útiles personales y regalo para cada uno de sus hijos, en un 50% cada uno.
CUARTO: Ambos padres se comprometen a realizar como mínimo una vez al año la dotación de ropa y calzado, para sus hijos, adicional al estreno del mes de Diciembre
QUINTO: En lo que se refiere a gastos adicionales, médicos o medicinas lo cubrirán en igualdad de condiciones en un 50% cada uno.
SEXTO: Ambas partes están de acuerdo con el presente acto y de aumentar la obligación de manutención al año después de firmado el presente acuerdo
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de Santa Ana, Diez (10) de Noviembre de Dos mil Dieciséis (2016).


ABG. JESUS ALEXANDER LANDINEZ NIÑO
JUEZ SUPLENTE



ABG. CARMEN OMAIRA ROSALES MOLINA
LA SECRETARIA TEMPORAL



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.


LA SECRETARIA TEMPORAL