REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
La Fría, 21 de noviembre de 2016
206º y 157º

EXP. N° 3.849.-

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
Parte Demandante: MAYRA ALEJANDRA JIMENES MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 21.439.130, domiciliada en la Urbanización Hugo Chávez, calle 9, casa 192, de la fría Municipio García de Hevia Estado Táchira, en beneficio de sus hijos xx.
Parte Demandada: OSCAR ROSALES RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de ciudadanía Nº V.-11.302.411, domiciliado en la Urbanización Hugo Chávez, calle 9, casa N° 199, de la fría Municipio García de Hevia del Estado Táchira.
Motivo de la causa: Obligación de Manutención.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

DE LA DEMANDA

Visto en convenimiento realizado por los ciudadanos MAYRA ALEJANDRA JIMENEZ MARQUEZ y OSCAR ROSALES RAMIREZ, en fecha 10 de noviembre de 2016 por antes este Juzgado mediante el cual desisten de la acción por Obligación de Manutención a favor de los hermanos ROSALES JIMENEZ, el cual textualmente establece:
“…PRIMERO: las partes informan a este Despacho que desde hace dos años aproximadamente decidieron convivir nuevamente, razón por la cual tienen muy buena relación con el hogar y los niños, por lo que solicitan a este Tribunal se archive la presente causa por desistimiento de la acción. SEGUNDO: Ambas partes solicitaron al Tribunal que se homologue el presente DESISTIMIENTO y se cumplan las demás…”

En consecuencia, visto el DESISTIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase copia certificada del presente auto para el archivo de este Tribunal.
EL Juez Provisorio,


Abg. Ángel Alberto Otero Eslava

La Secretaria Accidental,


Abg. Yolanda Ortega Bayona

AAOE/Yolanda.-