AUTO

Vista la solicitud realizada por los abogados JESUS ALFONSO VIVAS TERAN y CONSUELO BARRIOS TREJO, defensores técnicos del acusado en la presente causa, ciudadano LEVY CONTRERAS COLMENARES, en la cual solicitan la nulidad absoluta del auto dictado por este Tribunal en fecha 27 de octubre de 2016, este Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 175 y 176 del Código Orgánico Procesal Penal, declara sin lugar la nulidad absoluta invocada, en razón de que la solicitud no encuadra en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 176 ejusdem. Notifíquese a las partes. Así se decide.-

ABG. NELIDA BEATRIZ TERÁN NIEVES
JUEZA EN FUNCIONES DE CONTROL AUDIENCIAS Y MEDIDAS N° 1




ABG. JOSE VEGAS MORALES
SECRETARIO