REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION
Y EJECUCION PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
206º y 157º
San Cristóbal, 30 de Noviembre de 2016

EXPEDIENTE No. SPO1-L-2016-000251

DEMANDANTE: BETSY JARELYS DE ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.503.293.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: ELIANA DEL MAR VELASQUEZ, RENZO BEANVIDEZ, EDUARDO CHAVEZ, JEAN CARLOS SAYAGO, YOYCE MONTILLA, MAIRYN HERRERA, CARMEN ESCALANTE, RICHARD HERNADEZ, inscritos bajo el IPSA Nos: 67.369, 48.448, 97.433, 111.036, 104.56191.917, 69.554, 98.326, respectivamente.
DEMANDADO: YASMIN DE JESUS BOYER VEGA, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.146.326.
MOTIVO: POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día de hoy treinta (30) de noviembre de 2016, vencido como se encuentra el lapso de abocamiento, sin que las partes ejercieran los recursos pertinentes estando a derecho las mismas, se reanuda la presente causa en el estado en que se encuentra y habiéndose celebrado la audiencia preliminar el día 15 de Noviembre de 2016, a las 9:00 a.m., acogiéndose este Tribunal a lo preceptuado en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con respecto a la publicación de la sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la celebración de la audiencia preliminar y declarada como fue en fecha 15-11-2016, por este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, la admisión de los hechos ajustada al derecho, pasa en este acto a declarar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana BETSY JARELYS DE ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.503.293, contra la ciudadana YASMIN DE JESUS BOYER VEGA, titular de la cédula de Identidad No. V-13.146.326, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

Es así, como la parte demandada esta siendo condenada al pago de los siguientes conceptos y montos:
Fecha de Ingreso: 17 de Mayo de 2011
Fecha de Egreso: 12 de Junio de 2015.
Duración de la relación laboral: 04 años y 24 días
Último salario mensual: Bs. 10.000,00.
Motivo de terminación: retiro voluntario.

Le corresponden los determinados conceptos, discriminados de la siguiente manera:
Queda establecido que el tiempo de servicio prestado y que para el cálculo de los derechos a condenar su pago se toma el salario devengado por el demandante durante la vigencia de la relación laboral y conforme al contenido de los artículos 142 y siguientes de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores; después de verificado el cálculo presentado por la parte actora, siendo éste el resultado del monto mayor que beneficia al trabajador.

1- PRESTACIONES SOCIALES: Conforme al contenido del artículo 142 y siguientes de la Ley orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, le corresponden, la cantidad de Bs.52.945,22., tal como se puede observar en el cuadro anexo:

2- VACACIONES Y BONO VACACIONAL VENCIDO: Conforme al contenido del artículo 189 y siguientes de la Ley orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, le corresponden, la cantidad de Bs.12.000,00., tal como se puede observar en el cuadro anexo:

Derechos Vacacionales 2014-2015
Período Días de salario de inactividad Bono Salario Diario Monto
Del 1/05/2014 al 17/05/2015 18 18 Bs 333,33 Bs 12.000,00

3- UTILIDADES FRACCIONADAS: Conforme al contenido del artículo 131 y siguientes de la Ley orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, le corresponden, la cantidad de Bs.3.333,33., tal como se puede observar en el cuadro anexo:
Utilidades fraccionadas
Período Días Salario Diario Monto
Año 2015 30/12*4=10 Bs 333,33 Bs 3.333,33

Se condena a la parte demandada ciudadana YASMIN DE JESUS BOYER VEGA, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.146.326, a pagar a la ciudadana BETSY JARELYS DE ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.503.293, el monto total de SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.68.278,55.), más los intereses del artículo 141 de LOTTT, y de conformidad con lo establecido en la Sentencia 11/11/2008, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia del Magistrado Luis Francheschi, se ordena:
a) Los intereses de mora y la indexación sobre la prestación por antigüedad serán calculados por un único experto desde la fecha de terminación de la relación de trabajo, hasta la fecha de la materialización del presente fallo.
b) La indexación sobre los demás conceptos condenados, es decir, vacaciones y utilidades serán calculados por un único experto desde la fecha de notificación de la demandada 17/10/2016, hasta que la presente decisión quede definitivamente firme, excluyéndose de dicho cálculo los lapsos sobre los cuales la causa se haya paralizado por acuerdo entre las partes, por hechos fortuitos y de fuerza mayor y por vacaciones judiciales.
c) En caso de incumplimiento voluntario del fallo, se calcularán los intereses de mora y la indexación o corrección monetaria conforme al contenido del artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
En San Cristóbal, Estado Táchira, Miércoles 30 de Noviembre de 2016.
Años 206° y 157°.

La Jueza Temporal,

Abg. Isley Gamboa. La secretaria,
Abg. Deivis Estarita.
Exp. SPO1-L-2016-000251