REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SANTA ANA, (02) DE MAYO DE DOS MIL DIESCISEIS.-

206° y 157°

Presentado el escrito inserto al folio (01), junto anexos (18) copias fotostáticas, de solicitud incoada por la ciudadana ANA TELIA DEL ROSARIO LABRADOR CHACÓN, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-5.658.762, domiciliada en Santa Ana Municipio Córdoba de éste Estado Táchira, quien actuó en su propio nombre en representación de sus hijos MAIRA YASMIN NIETO LABRADOR , MARCOS JAVIER NIETO LABRADOR, MAYERLIN CONSOLACION NIETO LABRADOR, MINERVA COROMOTO NIETO LABRADOR , Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-17.107.795; V-19.033.474; V-19.033.591 y V-21.001.790 respectivamente, asistida por la abogado en ejercicio BELKIS ANGELICA HERNANDEZ ORTIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 221.839, quien expuso: Que en fecha 08 de noviembre 2015, falleció en su casa de habitación, ubicada en la vereda 7 , Casa N° 15, Sector El Diamante II, Santa Municipio Córdoba, Estado Táchira , el ciudadano MARCO ENRIQUE NIETO CUBIDES, como se verifica en copia de cedula fotostática (f-3) quien era venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-153.973 según acta de defunción N° 96, (f-13) emitida por ante el Concejo Nacional Electoral, Oficina Nacional de Registro Civil del Poder Electoral, Municipio Córdoba, Estado Táchira, de fecha 09 de noviembre del año 2015; constancia de Acta de Unión Estable de hecho (f-16) del prenombrado occiso, y en vida fuere su pareja de vida la ciudadana ANA TELIA DEL ROSARIO LABRADOR CHACÓN, vista igualmente las Partidas de Nacimiento N° 95 con fecha de nacimiento el 08 de Enero de 1984, (f-04) perteneciente a MAIRA YASMIN NIETO LABRADOR , expedida por el Registro Civil Parroquia Pedro María Morantes, del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; Partida de Nacimiento N° 30 con fecha de nacimiento el 17 de Diciembre de 1985, (F-6) perteneciente a MARCOS JAVIER NIETO LABRADOR, expedida por el Registro Civil, Parroquia Pedro María Morantes, del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; Partida de Nacimiento N° 2647 con fecha de nacimiento el 07 de Mayo de 1989, (f-8) perteneciente a MAYERLIN CONSOLACION NIETO LABRADOR, expedida por el Registrador Civil Parroquia La Concordia, del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; Partida de Nacimiento N° 1870, con fecha de nacimiento el 04 de Mayo de 1991,(f-11) perteneciente a MINERVA COROMOTO NIETO LABRADOR, expedida por el Registrador del Municipio San Cristóbal, Parroquia San Juan Bautista Estado Táchira; tal cual como se evidencia, que son Únicos y Universales Herederos del Ab Intestato. Asimismo corre inserto a los folio (02, 05, 07,09, y 12) copia fotostática de la cédulas de Identidad perteneciente a los solicitantes ciudadanos ANA TELIA DEL ROSARIO LABRADOR CHACÓN, MAIRA YASMIN NIETO LABRADOR, MARCOS JAVIER NIETO LABRADOR, MAYERLIN CONSOLACION NIETO LABRADOR, y MINERVA COROMOTO NIETO LABRADOR respectivamente.

Ahora bien, en fecha 12 de abril de 2016, se dio entrada a la presente solicitud, y vista la presentación de testigos evacuados en solicitud realizada por ante este Tribunal y en concordancia con las declaraciones que rielan en los (folio 22 al 24) de los ciudadanos: JUSTINA ESPERANZA HERNÁNDEZ DUARTE, MIGUEL ÁNGEL MÉNDEZ VILLAMIZAR Y ALIX MERCEDES MEDINA, titulares de la cedula de identidad Nros V-4.630.209, V-4.208.473, y V-19.084.826 en su orden. este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le declara suficiente para asegurarle a los ciudadanos ANA TELIA DEL ROSARIO LABRADOR CHACÓN, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V5.658.762, y a los ciudadanos MAIRA YASMIN NIETO LABRADOR , MARCOS JAVIER NIETO LABRADOR, MAYERLIN CONSOLACION NIETO LABRADOR, MINERVA COROMOTO NIETO LABRADOR , Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-17.107.795; V-19.033.474; V-19.033.591 y V-21.001.790 respectivamente, domiciliados en Santa Ana Municipio Córdoba , Estado Táchira y hábil, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su carácter de cónyuge la primera y de sus hijos los restantes de MARCO ENRIQUE NIETO CUBIDES, quien falleció ab-Intestato el día 08 de noviembre del año 2015, en su casa de habitación, ubicada en la vereda 7 , Casa N° 15, Sector El Diamante II, Santa Municipio Córdoba, Estado Táchira, según consta de acta de defunción ut supra descrita. Conforme al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-



Abg. JESÚS A. LANDINEZ
JUEZ SUPLENTE


Abg. CARMEN OMAIRA ROSALES MOLINA
SECRETARIA TEMPORAL



En la misma fecha se entregaron los originales a la parte solicitante y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.



Abg. CARMEN O. ROSALES
Secretaria temp.


JAL/ms
Exp: 2729