TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIOS ORDINARIO Y DE EJECUCION DE MEDIDAD DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, dieciséis (16) de mayo del año dos mil dieciséis (2016).

El presente procedimiento se inició por demanda propuesta por el ciudadano RUBEN DARIO GUTIERREZ CONTRERAS, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad No V-17.502.908, en su carácter de apoderado Judicial de los ciudadanos RUBEN DARIO GUTIERREZ RUIS e IRIS CONSUELO CONTRERAS DE GUTIERREZ, venezolanos mayores de edad titulares de las cédulas de identidad Nro V-2.889.392 y V-3.620.092; contra la EMPRESA MERCANTIL ANDIMACO, C.A., representada por GUSTAVO ADOLFO CHAPARRO, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nro V-11.494.073, por motivo de DESALOJO, admitida en fecha cuatro (04) de junio del año dos mil quince (2015), y vista la diligencia de fecha siete (07) de abril del año dos mil dieciséis (2016), suscrita por las partes que conforman el presente litigio antes identificadas, debidamente asistidas, mediante la cual manifiesta que decidieron celebrar TRANSACCION, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256, del Código de Procedimiento Civil, por medio de la cual la parte demandada acepta el retraso en el pago de cánones de arrendamiento que la parte actora esta reclamando, y ofrece la cancelación de los mismos por la cantidad de CIENTO NOVENTA Y SIENTE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS (Bs. 197.286,00), incluyendo los cánones trascurridos hasta el mes de marzo del años dos mil dieciséis (2016) asimismo solicita a la parte demándate permita continuar ocupando el Inmueble objeto de el contrato de arrendamiento t que firmen un nuevo contrato, sometiendo a la nueva Ley de Alquileres de Locales Comerciales, seguidamente la parte actora, manifiesta estar de acuerdo en todas y cada unas de las partes requeridas por la parte demandada; con lo antes expuesto quedan satisfechos, en tal sentido solicitan sea homologue la presente causa.
Por las razones expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIOS ORDINARIO Y DE EJECUCION DE MEDIDAD DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, al Transacción realizado por las partes, otorgándole su APROBACIÓN y en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.-

Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez


Juan José Molina Camacho

La Secretaria


Zulimar Hernández Méndez





En la misma fecha se registró la anterior decisión, se dejó copia bajo el Nro 121







































Exp. 8414-15
JJMC/Tapias.