REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.

San Cristóbal, 07 de Marzo de Dos Mil Dieciséis.

205° y 157°

Vistas las diligencias que anteceden, contentivas de la declaraciones de las ciudadanas SANDRA MILENA CARDOZO DE ACEVEDO y GLORIA MARLENE USECHE SANCHEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números V-15.567.488 y V-4.636.064, respectivamente, domiciliados en el Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, hábiles, evacuadas por ante este Despacho en esta misma fecha; vista igualmente el Acta de Defunción No. 365-P, de fecha 21 de Abril de 2014, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, correspondiente a la Parroquia La Concordia, perteneciente al de cujus JOSE FRANCISCO GUERRA SUAREZ, quien fuera mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.512.800. Vista igualmente: Partida de Nacimiento No. 242 de fecha 02/04/2013, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal, perteneciente a RAISSA KATHERINE MALDONADO CONTRERAS, En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, las declara bastantes y suficientes para asegurarle a la ciudadana: RAISSA KATHERINE MALDONADO CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nr V-20.123.875, su condición de UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO en su carácter de hija del de cujus RICHARD LEONEL MALDONADO ANGULO, quien falleció Ab-Intestato en el Hospital Del Seguro Social IVSS, Municipio San Cristóbal, estado Táchira, el día 26 de Febrero de 2015, según consta de Acta de Defunción anteriormente señalada. Conforme con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo todo derecho de terceros. Devuélvase originales las presentes actuaciones junto con copias certificadas a la parte interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-


Abog. FELIX ANTONIO MATOS
Juez Titular


ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ
SECRETARIA


En fecha __________ se entregaron Originales con sus resultas dejándose copia fotostática para el archivo del Tribunal.

ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ
SECRETARIA