REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO AYACUCHO LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN JUAN DE COLON, DIECINUEVE (19) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-
205° Y 157°

Por recibido el oficio N° -D.MNNA- 0067-16 de fecha 18 de JULIO de 2.016, procedente de la DEFENSORIA EDUCATIVA DE NIÑOS, NIÑAS Y DEL ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO AYACUCHO DEL ESTADO TACHIRA, contentivo un (01) folio útil y anexos de siete (07) folios útiles de solicitud de Homologación de Convenimiento Fijación de Obligación de Manutención efectuado por los ciudadanos AURISTELA MEDINA DE SUA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.056.960, tel contacto 0416-5447369, de profesión Técnico Medio en Agropecuaria, domiciliada en la Aldea La San Juana del Municipio Ayacucho del Estado Táchira y ANGEL ALEXANDER SUA HERNANDEZ venezolano. Mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.590.3734 tel 0426-6117862 domiciliado en Los Teques Bello Monte. Caracas, padres dem los niños ANDERSON OMAR Y MARIANGELA SUA MEDINA de nueve (09) y siete (07) años de edad respectivamente. Désele entrada, anótese en el libro respectivo. Inventaríese. Fórmese expediente y désele el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho, por no ser contrario al orden público, así como tampoco a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de Ley. Y por cuanto el mismo no es contrario a derecho este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO AYACUCHO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE. Acordando proceder como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, haciéndose la observación que preexistía una cuenta de ahorro del Banco Bicentenario signada con el N° 000-94-0052155759 en beneficio de sus hijos, en tal sentido se continua haciendo los depósitos respectivos en la misma cuenta cuyos datos fueron aportados por las partes, quien solo podrá retirar el dinero de la referida cuenta para beneficio de su hijo ya identificado. Así mismo se acuerda notificar al Fiscal Especializado del presente convenimiento. Cúmplase.-
LA JUEZ

ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON

SECRETARIA TEMPORAL

ABG. ROSA MARIA DEL RE JAIMES

En la misma fecha se libró boleta de Notificacion al Fiscal especializado y se le dio entrada bajo el N° O.M-169/2.016 del libro respectivo.
Conste.
LA SCRIA TEMPORAL


ABG. ROSA MARIA DEL RE