JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, siete (07) de julio de dos mil dieciséis.
AÑOS: 206° y 157°

Visto el contenido de la diligencia de fecha 06 de junio del presente año, mediante la cual el abogado en ejercicio MIGUEL ÁNGEL GUILLEN ROJAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-1.589.491, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.968, apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano RIGOBERTO DUQUE CHAPARRO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.070.757, informa a este Juzgado que la parte demandada, ciudadano LUIS GILBERTO BORGES VIVIESCA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-13.136.852, ha cumplido voluntariamente lo ordenado en la sentencia de fecha 08 de marzo de 2016, proferida por este Juzgado; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado este juicio, en tal virtud, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal. Cúmplase con lo ordenado.


ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL

BEATRIZ MÁRQUEZ
SECRETARIA TEMPORAL


En la misma fecha se dictó la anterior decisión a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) quedando registrada bajo el N° 5062; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.



BEATRIZ MÁRQUEZ
SECRETARIA TEMPORAL