REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
CARACAS, 11 DE JULIO DE 2016.
206° y 157°

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2016-000772
PARTE ACTORA: YORMY ROMERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CESAR BARRETO Inscrito en el Inpreabogado numero 46871.
PARTE DEMANDADA: FABRICA DE EMBUTAIDOS MIRANDA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS VILORIA, Inscrita en el Inpreabogado numero 93825
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 11 DE JULIO DE de 2016 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma el apoderado de FABRICA DE EMBUTIDOS MIRANDA, JESUS VILORIA, Inscrita en el Inpreabogado numero 93825, se deja constancia de la INCOMPARECENCIA de la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En este estado el apoderado judicial de la parte demandada solicita la devolución de las pruebas consignadas en la audiencia preliminar vista la incomparecencia de la parte actora a la presente prolongación. Pues bien, este Juzgado Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en virtud de la no comparecencia de la parte actora al presente acto, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °. Finalmente, en cuanto a la solicitud de devolución de las pruebas este Juzgado ordena la devolución de lo solicitado, dejando en custodia las pruebas de la parte actora incompareciente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:

EL JUEZ
Abg. HENRY JESUS CASTRO SANCHEZ.


APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA.


EL SECRETARIO
ABG. ALONSO SOTO