REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, jueves 7 de julio del 2016
206° y 157°
Asunto n.° SP01-L-2014-000594 (Por cobro de prestaciones sociales)
En el día de hoy, jueves 7 de julio del 2016, siendo las 10:00 a. m., fecha y hora fijada para la celebración de la audiencia de juicio oral y pública en el asunto n. ° SP01-L-2014-000594, contentivo de la demanda que siguen los ciudadanos Tony Armando Romero Bustamante y Gerson Wilfredo Romero Bustamante, contra: Transporte Los Villa C.A., Deco Instalaciones C.A. y contra el ciudadano Miller Villamarin Bastosa, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. El ciudadano juez que preside este Tribunal, declara abierta la audiencia de juicio, solicitando a la secretaria que anuncie el acto y verifique la presencia e identidad de las partes. A continuación, la secretaria a viva voz anunció el acto y dejó constancia de la presencia del codemandado, ciudadano Miller Villamarin Bastos, extranjero identificado con la cédula N° E-81.846.962, acompañado del Abg. André Osmani Venegas Chacón, inscrito en el Inpreabogado con el número 71.436. Se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ciudadanos Tony Armando Romero Bustamante y Gerson Wilfredo Romero Bustamante, los cuales no se hicieron presente ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Acto seguido el ciudadano Juez vista la incomparecencia de la parte demandante y de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declaró el desistimiento del procedimiento. Por la motivación antes expuesta este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA: 1.°) DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO intentado por los ciudadanos Tony Armando Romero Bustamante y Gerson Wilfredo Romero Bustamante, venezolanos, mayores de edad, identificados con la cédulas de identidad n.° V-16.778.669 y V-13.148.499, en su orden, en contra de: Transporte Los Villa C.A., Deco Instalaciones C.A. y contra el ciudadano Miller Villamarin Bastosa, extranjero identificado con la cédula n° E-81.846.962, por cobro de prestaciones sociales y otros derechos laborales, por lo tanto se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, una vez transcurrido el lapso para impugnar el contenido de la presente decisión.
Se deja constancia que la presente Audiencia de Juicio se reprodujo en forma Audiovisual, por un Técnico adscrito a esta Coordinación del Trabajo
El Juez
Abg. Miguel Ángel Colmenares Ch.
El codemandado
El apoderado del co-demandado
La Secretaria Judicial
Abg. ª Deivis J. Estarita
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