REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, SAN CRISTOBAL. VEINTIDÓS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS (22/02/2016). AÑOS 205º DE LA INDEPENDENCIA Y 157º DE LA FEDERACION.
Vista la solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria, presentado en fecha 17/02/2016, por el abogado Erik Alexei González Chacón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.079.187, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.190, en su carácter de defensor Público Agrario Segundo del estado Táchira, en defensa de la ciudadana Mayerli Velasco Pabon, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-21.342.812, domiciliada en el Sitio denominado Villa Bahareque, La Palmara, Finca “Los Angeles”, Parroquia La Petrolea, Municipio Junín del estado Táchira. En consecuencia, se acuerda darle entrada, signarle número de solicitud y hacer las anotaciones en los libros correspondientes. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho y se acuerda oficiosamente practicar Inspección Judicial en el Lote de terreno denominado Finca “Los Ángeles”, ubicada en Villa Bahareque, La Palmara, Parroquia La Petrolea, Municipio Junín del estado Táchira, para el quinto (05°) día de despacho siguiente al de hoy, a las ocho y treinta (08:30) horas de la mañana, para lo cual previo al traslado se librara oficio al Jefe de la Unidad de Desarrollo Rural adscrito a la Unidad Estadal del Ministerio para el Poder Popular de la producción Agricultura y Tierras para la designación de un práctico que preste sus conocimientos técnicos correspondientes al caso planteado y al Coordinador de la Oficina Regional de Tierras del Estado Táchira, conforme al cronograma editado por este Juzgado. En cuanto a las testimoniales, se fija para el tercer (3°) día de despacho siguiente al de hoy, para que tenga lugar la declaración testimonial de los ciudadanos Rut Cecilia Carrascal, Antonio Carocci Sánchez y Antonio Carocci Sánchez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-23.014.696, V-11.958.574 y V-11.958.574, respectivamente, todos domiciliados en el Municipio Junín, a las 9:00, 9:30, y 10:00 de la mañana, en su orden. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,

Xiomara Méndez Ramírez. La Secretaria,

Carmen Rosa Sierra M.