REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, dos (02) de Febrero de 2016.

205° y 156°

SOLICITANTES: MIRIAM BLANCO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.672.871, asistida por el Abogado: JESUS ALFRENY JIMENEZ MORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 245.776 y el ciudadano: JOSE GERARDO RICO NIÑO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nros. V-5.672.871 y V-5.663.338, asistido por el abogado JESUS ANTONIO CARRILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.614.

MOTIVO: PARTICIÓN AMISTOSA.

SOLICITUD No. 348-16.

Recibida por distribución, constante de tres (03) folios útiles el libelo y los recaudos consignados constantes de quince (13) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente.ADMITASE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la anterior solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, vista la solicitud de PARTICIÓN AMISTOSA presentada por los ciudadanos MIRIAM BLANCO y JOSE GERARDO RICO NIÑO, venezolanos, titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.672.871 y V-5.663.338, respectivamente; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, por encontrarla conforme a derecho le imparte la HOMOLOGACION DE LEY A LA PARTICION AMISTOSA en la forma convenida por ellos, y le otorga el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, conforme a la norma prevista en los artículos 255 y 788 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia queda disuelta la Comunidad conyugal. Conforme a lo solicitado, dispone que por Secretaría, se expidan copias computarizadas certificadas del escrito de la Partición Amistosa y del presente auto a los fines de su registro. Por cuanto se observa que no hay más actuaciones que realizar, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-




ABG. FÉLIX ANTONIO MATOS
Juez Titular

ABG. CARMEN B. MORENO PÉREZ
Secretaria
FAM /k.u