TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, cuatro (04) de febrero de dos mil dieciséis.-
AÑOS: 205° y 156°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de TRES (03) folios útiles VEINTICINCO (25) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por la ciudadana MARIA AURELIA MORENO DE ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.032.929, quien actúa asistida por la Abogado en ejercicio MIRIAM JOSEFINA PEÑALOZA DE DAVILA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 26.146; en el cual expone: que el día 18 de octubre de 2015, falleció el ciudadano LUCIANO ZAMBRANO CARDENAS, quien en vida fuese venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.192.847, quien estuvo domiciliado en la Unidad Vecinal, Calle Principal, Urbanización La Bermeja, Casa N° 22, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; quien tuvo su deceso en su casa de habitación, a causa de “…PARO CARDIORESPIRATORIO- ACCIDENTE CEREBRO VASCULAR- DIABETES…”, según Certificado de Defunción N° 2944144, de fecha 19/10/2015, expedido por el Doctor LUIS ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad N° 4.206.869; tal y como se desprende de Registro de Defunción N° 1954, levantado el 10 de octubre de 2015, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira, habiendo presentado la solicitante los siguientes recaudos:
Copia certificada de Registro de Defunción N° 1954 del año 2015, perteneciente a “LUCIANO ZAMBRANO CARDENAS”, expedida el 22 del mes de octubre de 2015, por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Acta de Matrimonio N° 79 del año 1975, perteneciente a “LUCIANO ZAMBRANO y AURELIA MORENO PEREZ, expedida el 15 de febrero de 2013, por el Registro Civil del Municipio Uribante del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 2 del año 1975, perteneciente a “ZULAY MARITZA”, expedida el 03 de noviembre de 2015, por el Registro Civil del Municipio Jáuregui del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 354 del año 1966, perteneciente a “MARIA CECILIA”, expedida el 26 de octubre de 2015, por el Registro Civil del Municipio Uribante del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 517 del año 1969, perteneciente a “DORIS DEL CARMEN”, expedida el 26 de octubre de 2015, por el Registro Civil del Municipio Uribante del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 271 del año 1989, perteneciente a “NELSON JOEL”, expedida el 26 de mayo de 2014, por el Registro Civil del Municipio Jáuregui del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 889 del año 1967, perteneciente a “LAUDELINO DE JESUS”, expedida el 26 de octubre de 2015, por el Registro Civil del Municipio Uribante del estado Táchira.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nros. V-3.192.847, V-9.032.929, V-10.747.333, V-9.332.902, V-9.336.418, V-18.419.031, V-9.333.301, pertenecientes a los ciudadanos: LUCIANO ZAMBRANO CARDENAS, MARIA AURELIA MORENO DE ZAMBRANO, ZULAY MARITZA ZAMBRANO MORENO, MARIA CECILIA ZAMBRANO MORENO, DORIS DEL CARMEN ZAMBRANO MORENO, NELSON JOEL ZAMBRANO MORENO, LAUDELINO DE JESUS ZAMBRANO MORENO, en su orden.-
Justificativo de Testigos, evacuado el tres (03) de febrero de 2.016, por ante el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: ROBINSON GERARDO GONZALEZ ZAMBRANO, JULIO CESAR ZAMBRANO, JOSE GREGORIO FLORES, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad Nros. V-10.145.830, V-10.746.049 y V-11.716.587; quienes fueron contestes al declarar que les consta que el causante LUCIANO ZAMBRANO CARDENAS dejo como a sus Únicos y Universales Herederos a su Cónyuge e Hijos, que a continuación se especifica.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: MARIA AURELIA MORENO DE ZAMBRANO, ZULAY MARITZA ZAMBRANO MORENO, MARIA CECILIA ZAMBRANO MORENO, DORIS DEL CARMEN ZAMBRANO MORENO, NELSON JOEL ZAMBRANO MORENO, LAUDELINO DE JESUS ZAMBRANO MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad, V-9.032.929, V-10.747.333, V-9.332.902, V-9.336.418, V-18.419.031, V-9.333.301; en su condición de Cónyuge la primera y de Hijos los restantes del causante LUCIANO ZAMBRANO CARDENAS, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.
Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Beatriz Márquez
Secretaria Temporal
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 4971, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.- La Secretaria
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