TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 20 de enero de 2016

205º y 156º

Vista la Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por los abogados en ejercicio SOLSIRETH ANAIS PAREDES CASIQUE y MAURICIO RAFAEL PERNIA REYES, inscritos en el IPSA bajo los N°s 240.473 y 90.952, apoderado judiciales de la ciudadana MARY LUZ LOURDES MORA DE DELGADO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-3.429.760, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, constante de VEINTIOCHO (28) folios utilizados, este Tribunal procedió a escuchar la declaración testifical de los ciudadanos BERTA BEATRIZ MORA ALVAREZ y ARON KOAS MEJIAS UMAÑA, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N°s V-3.070.455 y V-12.817.971, respectivamente, quienes son contestes en señalar que ciertamente el ciudadano MIGUEL ANTONIO DELGADO ZAMBRANO, falleció en fecha 17 de agosto de 2015 y que sus únicos y universales herederos son los ciudadanos MARY LUZ LOURDES MORA DE DELGADO, YARITZA DEL SOCORRO DELGADO MORA, LUZ ALEJANDRA DELGADO MORA y MIGUEL ALEXANDER DELGADO MORA, insertas a los folios 25 al 81, respectivamente, fijadas mediante auto de fecha 11 de enero de 2016, inserto al folio 24, se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud. En consecuencia, este Tribunal procedió a constatar la documentación presentada ante el fallecimiento del ciudadano MIGUEL ANTONIO DELGADO ZAMBRANO, y así se evidencia de acta de defunción N° 795, de fecha 17 de agosto de 2015, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en la cual consta que dejó esposa y tres hijos.
Así mismo, se verificó la siguiente documentación: a) Poder Especial conferido por la ciudadana MARY LUZ LOURDES MORA DE DELGADO a los abogados en ejercicio SOLSIRETH ANAIS PAREDES CASIQUE y MAURICIO RAFAEL PERNIA REYES, inscritos en el IPSA bajo los N°s 240.473 y 90.952; b) Copia de cédula del ciudadano MIGUEL ANTONIO DELGADO ZAMBRANO; c) Partida de Nacimiento N° 510, de fecha 15 de julio de 1939, perteneciente a MIGUEL ANTONIO, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; d) acta de defunción N° 795, de fecha 17 de agosto de 2015, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, correspondiente al de cujus MIGUEL ANTONIO DELGADO ZAMBRANO; e) Registro Único de Información Fiscal (RIF) del ciudadano MIGUEL ANTONIO DELGADO ZAMBRANO; f) Copia de cédula de la ciudadana MARY LUZ LOURDES MORA DE DELGADO; g) Acta de Matrimonio N° 401, de fecha 08 de diciembre de 1972, perteneciente a los ciudadanos MIGUEL ANTONIO DELGAO ZAMBRANO y MARY LUZ LOURDES MORA ALVAREZ, expedida por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; h) Partida de Nacimiento N° 4377, de fecha 02 de noviembre de 1973, perteneciente a MIGUEL ALEXANDER, expedida por el Registro Principal del Estado Táchira y su correspondiente copia de cédula de identidad; i) Partida de Nacimiento N° 155, de fecha 12 de enero de 1976, perteneciente a YARITZA DEL SOCORRO, expedida por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y su correspondiente cédula de identidad; j) Partida de Nacimiento N° 1563, de fecha 20 de noviembre de 1980, perteneciente a LUZ ALEJANDRA, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y su correspondiente cédula de identidad.
Vistas y analizadas las anteriores diligencias este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara suficientes los recaudos consignados con la presente solicitud, para asegurarle a los ciudadanos MARY LUZ LOURDES MORA DE DELGADO, YARITZA DEL SOCORRO DELGADO MORA, LUZ ALEJANDRA DELGADO MORA y MIGUEL ALEXANDER DELGADO MORA, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N°s V-3.429.760, V-12.229.887, V-14.707.186 y V-11.504.669, el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus MIGUEL ANTONIO DELGADO ZAMBRANO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.553.463, fallecido el día 17 de agosto de 2015, según acta de defunción N° 795, de fecha 17 de agosto de 2015, quien en vida fuera esposo y padre de los ciudadanos MARY LUZ LOURDES MORA DE DELGADO, YARITZA DEL SOCORRO DELGADO MORA, LUZ ALEJANDRA DELGADO MORA y MIGUEL ALEXANDER DELGADO MORA, antes identificados.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. NORMA MAGALLY ONTIVEROS CHACON
En la misma fecha se deja copia certificada para el archivo del Tribunal.


Secretaria Temporal
RMCQ/Magally o.-
Sol. 350-15