REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
206° Y 157°
En fecha 10/08/2015 este tribunal dio entrada al Recurso Contencioso Tributario Recibido en le sede de este tribunal, interpuesto por la ciudadana, ANA BOLENA JIMENEZ DE ROJO gerente y propietaria de la firma personal “ADUANDINA”.Constante (39) folios útiles
Se ordeno las Notificaciones a: Folios:
Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela; 50
Fiscal 13 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas 42
Aduana Principal de San Antonio del Táchira. 43
Siendo la oportunidad para decidir el Recurso Contencioso Tributario, esta juzgadora observa que el mismo no se encuentra incurso en las causales de inadmisibilidad que establece el Artículo 273 del Código Orgánico Tributario puesto que:
Tempestividad:25 días Fecha de notificación de los actos recurridos: 02 y 03 de julio de 2015
Fecha de Interposición del recurso: 07/08/2015
Se observa cualidad La ciudadana ANA BOLENA JIMENEZ DE ROJO Titular de la cedula de identidad V-8.988.079.
Asistido por: El Abg. GERSON ENRIQUE NIÑO GUERRERO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro 39.247.
Por lo tanto, que posee la cualidad para recurrir y por cuanto no existe prohibición legal de admitir el recurso; su conocimiento no compete a otro tribunal; no se han acumulado recursos que contengan conceptos ofensivos o irrespetuosos, por tal razón debe necesariamente admitirse el recurso tal como lo indica expresamente la dispositiva de la presente decisión, de igual forma se observa que hubo un error en la cuantía de las notificaciones que se emitieron al tramitar el presente recurso pero ello no vulnera el derecho a la defensa de la República por lo que no supone ni nulidad ni reposición de la causa, y así se decide.
II
ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ADMITE EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO:
INTERPUESTO POR: La ciudadana ANA BOLENA JIMENEZ DE ROJO Titular de la cedula de identidad V-8.988.079, en su carácter de gerente y propietaria de la firma personal ADUANDINA RIF: J-08988079-0.
EN CONTRA DE:
Acta de Reconocimiento C-3285 de fecha 16/06/2015, Resolución de Acta de Multa C- 3285 impuesta a “Comercializadora icer de Venezuela, compañía anónima (ICER, CA)”; Resolución de Multa Nro 025/C3285, Acta de Multa Nro 025/C3285 emitidas por la División de Operaciones de la Aduana Principal San Antonio del Táchira.
En virtud de que no hubo oposición al día siguiente a partir de la publicación de esta sentencia se abre el lapso de promoción de pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 275 del De Ley Del Código Orgánico Tributario De 2014. Cúmplase.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los (13) días del mes de enero del año (2016). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.-
ANA BEATRIZ CALDERÓN SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR
WENDY MONCADA
LA SECRETARIA
De conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República se ordena notificar al Procurador General de la Republica .Se Libro Oficio 026-16
Exp. 3151
ABCS/gisela
|