REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
206° Y 157°
En fecha 14/08/2015 este tribunal dio entrada al Recurso Contencioso Tributario Recibido en le sede de este tribunal, interpuesto por la Sociedad Mercantil “AGROPECUARIA LOS ALMENDROS, C.A.”.Constante (47) folios útiles
Se ordeno las Notificaciones a: Folios:
Alcaldesa del Municipio Libertador del Estado Táchira 51
Fiscal 13 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas 49
Sindico Procurador del Municipio Libertador del Estado Táchira 51
Siendo la oportunidad para decidir el Recurso Contencioso Tributario, esta juzgadora observa que el mismo no se encuentra incurso en las causales de inadmisibilidad que establece el Artículo 273 del Código Orgánico Tributario puesto que:
Tempestividad:25 días Fecha de notificación del acto recurrido: 08/07/2015
Fecha de Interposición del recurso: 12/08/2015
Se observa cualidad El abogado Raduan Ali Mechref Arrevilla, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro 58.162, actuando en su carácter de APODERADO JUDICIAL de la Sociedad Mercantil.
Representado por: La Abg. MARISELA RONDÓN PARADA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N ° 58528.
Por lo tanto, que posee la cualidad para recurrir y por cuanto no existe prohibición legal de admitir el recurso; su conocimiento no compete a otro tribunal; no se han acumulado recursos que contengan conceptos ofensivos o irrespetuosos, por tal razón debe necesariamente admitirse el recurso tal como lo indica expresamente la dispositiva de la presente decisión, y así se decide.
II
ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ADMITE EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO:

INTERPUESTO POR: La Sociedad Mercantil “AGROPECUARIA LOS ALMENDROS, C.A.” Inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira bajo el N°: 56, Tomo: 5-A de fecha 27/04/1998, RIF: J-30526930-0.
EN CONTRA DE:
La Resolución Culminatoria del Sumario N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/DSA/2015/01486/351062 de fecha 29/06/2015.
En cuanto a la suspensión de los efectos se resolverá por separado
En virtud de que no hubo oposición al día siguiente a partir de la publicación de esta sentencia se abre el lapso de promoción de pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 275 del De Ley Del Código Orgánico Tributario De 2014. Cúmplase.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los (11) días del mes de enero del año (2016). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.-


ANA BEATRIZ CALDERÓN SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR
WENDY MONCADA
LA SECRETARIA
De conformidad con lo establecido en el artículo 155 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica del Poder Público Municipal se ordena notificar al Sindico Procurador del Municipio Libertador del Estado Táchira .Se Libro Oficio 016-16

Exp. 3157
ABCS/gisela