TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 11 de agosto de 2016

206º y 157º

Vista la diligencia de fecha 03 de agosto de 2016, inserta al folio 38, suscrita por el abogado en ejercicio OTTONIEL AGELVIS MORALES, inscrito en el IPSA bajo el N° 78.742, por medio de la cual consigna los recaudos peticionados mediante auto de fecha 20 de julio de 2016, inserto al folio 37. En consecuencia, vista la Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por el ciudadano DANIEL ALBERTO FIGUEROA BERNARDINELLO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.467.844, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, asistido por el abogado en ejercicio OTTONIEL AGELVIS MORALES, inscrito en el IPSA bajo el N° 78.742, se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud. En consecuencia, este Tribunal procedió a constatar la documentación presentada ante el fallecimiento del ciudadano DANIEL ALBERTO FIGUEROA MERCHAN, y así se evidencia de acta de defunción N° 1286, de fecha 04 de julio de 2014, expedida por el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Nueva Esparta, en la cual consta que dejó cinco hijos, inserta al folio 10.
Así mismo, se verificó la siguiente documentación: a) Copia de cédula del ciudadano DANIEL ALBERTO FIGUEROA BERNARDINELLO, folio 03; b) Partida de Nacimiento N° 1001, de fecha 12 de marzo de 1975, perteneciente a DANILA, expedida por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira, folio 04 y 05; c) Partida de Nacimiento N° 1494, de fecha 06 de abril de 1976, perteneciente a VALENTINA, expedida por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira, folios 06; d) Partida de Nacimiento N° 144, de fecha 28 de diciembre de 1978, perteneciente a DANIEL ALBERTO, expedida por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, folios 07; e) Partida de Nacimiento N° 86, de fecha 20 de febrero de 1991, perteneciente a ALBERTO DANIEL, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastián del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, folio 08; f) Partida de Nacimiento N° 195, de fecha 06 de mayo de 1992, perteneciente a ANDREA DANIELA, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastián del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, folio 09; g) acta de defunción N° 1286, 23 de octubre de 2008, expedida por el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Nueva Esparta, correspondiente al de cujus DANIEL ALBERTO FIGUEROA MERCHAN, folio 10, quien falleció el 23 de octubre de 2008; h) Acta de Recepción N° DCR-15-67572, expediente N° 113, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos Los Andes del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria de la Sucesión FIGUEROA MERCHAN DANIEL ALBERTO, declaración Sucesoral Sustitutiva, folios 11 al 20; i) Justificativo de testigos N° 8989, evacuado por ante el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial; j) Acta de Defunción N° 1286, de fecha 23 de octubre de 2008, expedida por el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Nueva Esparta, correspondiente al de cujus DANIEL ALBERTO FIGUEROA MERCHAN, folio 39, debidamente rectificada en relación al nombre de “DANILA”, en fecha 27 de julio de 2016.
Vistas y analizadas las anteriores diligencias este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara suficientes los recaudos consignados con la presente solicitud, para asegurarle a los ciudadanos DANILA FIGUEROA BERNARDINELLO, VALENTINA FIGUEROA BERNARDINELLO, DANIEL ALBERTO FIGUEROA BERNARDINELLO, ALBERTO DANIEL FIGUEROA TAYLOR y ANDREA DANIELA FIGUEROA TAYLOR, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N°s V-11.505.448, V-13.467.843, V-13.467.844, V-19.502.020 y V-23.545.835, domiciliados en San Cristóbal, Estado Táchira, el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus DANIEL ALBERTO FIGUEROA MERCHAN, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.429.396, fallecido el día 23 de octubre de 2008, según acta de defunción N° 1286, de fecha 23 de octubre de 2008, quien en vida fuera padre de los ciudadanos DANILA FIGUEROA BERNARDINELLO, VALENTINA FIGUEROA BERNARDINELLO, DANIEL ALBERTO FIGUEROA BERNARDINELLO, ALBERTO DANIEL FIGUEROA TAYLOR y ANDREA DANIELA FIGUEROA TAYLOR, antes identificados.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Igualmente, vista la solicitud de copia certificada en el escrito en cuestión (folios 01 y 02), se acuerda expedir tres (03) juegos de copias certificadas de la totalidad de las actas que conforman la presente solicitud incluyendo su carátula de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. NORMA MAGALLY ONTIVEROS CHACON
En la misma fecha se deja copia certificada para el archivo del Tribunal.


Secretaria Temporal
RMCQ/Magally o.-
Sol. 470-16