JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, a los primero 1° del mes de Agosto de Dos Mil Dieciséis (2016).

206° y 157°
Vista la diligencia presentada en esta misma fecha, por el abogado Oscar de Jesús Uzcategui Suárez, actuando en su propio nombre y representación, en la que desiste del recurso de apelación interpuesto en fecha 09 de marzo de 2016, contra el auto dictado en fecha 08 de marzo de 2016, por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, este Juzgador observa que al haber desistido la parte apelante del recurso ejercido, efectivamente este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO realizado por el abogado Oscar de Jesús Uzcategui Suárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 196.439 respecto a la apelación interpuesta en fecha 09 de Marzo de 2016, contra el auto dictado en fecha 08 de marzo de 2016, dictado por el Tribunal Segundo Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el expediente inventariado en ese Tribunal con el N° 7546-2015.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y devuélvase de inmediato el expediente al Tribunal de la Causa.
El Juez Titular,

Miguel José Belmonte Lozada


La Secretaria Accidental

Ana Iris Manchego Vargas

En la misma fecha se dictó la anterior decisión, siendo las 3:25 de la tarde, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se devolvió el expediente con oficio N° 162 al Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, constante de I pieza en treinta y siete (37) folios quedando anotada su salida en el libro respectivo.
Exp. N° 16-4293
Ana