TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintiséis de junio de dos mil quince.
204° y 156°
Recibido por distribución. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho el escrito de PARTICIÓN AMISTOSA, presentado por LIDICE GABRIELA GARCIA GRANADILLO y GIORGE GARCIA GOMEZ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.683.523 y E-84.552.550, en su orden, asistidas por la abogada Martha Janeth García de Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 58.589; de conformidad con lo solicitado y por encontrarse a derecho, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, a la transacción efectuada, por los ciudadanos LIDICE GABRIELA GARCIA GRANADILLO y GIORGE GARCIA GOMEZ, otorgándole su aprobación, en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Queda así partida y liquidada la comunidad conyugal que existió entre los mencionados ciudadanos, bajo la forma, términos y condiciones establecidas entre ellos. Así mismo se acuerda expedir copias certificadas del escrito de partición y de la presente decisión.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria temporal,

Katherin D. Díaz Cárdenas
En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 8697 del libro respectivo, registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 188
Marilú