REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, seis (06) de abril de dos mil dieciséis (2016)
Años 205º y 156º

Expediente Nº AP71-R-2015-001181 (689)

Visto el fallo dictado por este Despacho en fecha 14 de marzo del año en curso, mediante el cual se declara sin lugar la apelación ejercida por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 26 de junio de 2015; en consecuencia, este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 15 de marzo de 2016, hasta el día 05 de abril de 2016, (ambas fecha inclusive), siendo la última fecha el día en el cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión supra referida. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.



Quien suscribe, María Elvira Reis, Secretaria del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 15 de marzo de 2016, hasta el día 05 de abril de 2016 (ambas fecha inclusive), transcurrieron diez (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: marzo 2016: 15, 16, 17, 28, 29, 30,31; abril 2016: 01, 04 y 05. Caracas, seis (06) de abril del año dos mil dieciséis (2016). A 205º años de la Independencia y 156º de la Federación.

La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.

Expediente Nº AP71-R-2015-001181 (689)
VJGJ/MER











REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, seis (06) de abril de dos mil dieciséis (2016)
Años 205º y 156º

Expediente Nº AP71-R-2015-001181 (689)

Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que no se ejerció recurso alguno contra la decisión dictada por este despacho en fecha 14 de marzo del presente año, mediante el cual se declara sin lugar la apelación ejercida por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 26 de junio de 2015, todo ello en virtud por NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA sigue la ciudadana ROSALIA D´ANGELO DE PALMIERI contra la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES LAZIO, C.A., y los ciudadanos MARIO CRITOFARI FRACCO, ISABEL CRITINA PALMIERI SÁNCHEZ, ROBERTO CRISTOFARI LANZI y MARÍA TERESA LANZI DE CRISTOFARI; en consecuencia, este Tribunal declara firme la mencionada sentencia y ordena la remisión del expediente al Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio Nº 2016-A-
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.
Expediente Nº AP71-R-2015-001181 (689)
VJGJ/MER













REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, seis (06) de abril de dos mil dieciséis (2016)
Años 205º y 156º
Oficio Nº 2016-A-
Ciudadano:
Juez Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.-
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el Nº AP71-R-2015-001181 (689) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, mediante el cual se declara sin lugar la apelación ejercida por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, de fecha 26 de junio de 2015, todo ello en virtud por NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA sigue la ciudadana ROSALIA D´ANGELO DE PALMIERI contra la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES LAZIO, C.A., y los ciudadanos MARIO CRITOFARI FRACCO, ISABEL CRITINA PALMIERI SÁNCHEZ, ROBERTO CRISTOFARI LANZI y MARÍA TERESA LANZI DE CRISTOFARI, constante de una (01) pieza de setenta y cinco (75) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este Tribunal en fecha 14 de marzo de 2016.-
Dios y Federación.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.