REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
205° Y 157°
En fecha 29/10/2015 este tribunal tramitó el Recurso Contencioso Tributario Recibido en le sede de este tribunal, proveniente del SENIAT. Interpuesto por la Sociedad Mercantil “CONSTRUCCIONES COMPA-VENTA CA” (COVECA). Constante (141) folios útiles.
Se ordeno las Notificaciones a: Folio:
Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela; 146
Fiscal 13 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas 144
Recurrente 143
Siendo la oportunidad para decidir el Recurso Contencioso Tributario, esta juzgadora observa que el mismo no se encuentra incurso en las causales de inadmisibilidad que establece el Artículo 273 del Código Orgánico Tributario puesto que:
Tempestividad:25 días Fecha de notificación del acto recurrido: 18/06/2014
Fecha de Interposición del recurso: 25/07/2014
Se observa cualidad “CONSTRUCCIONES COMPA-VENTA CA” (COVECA)
Representado por: El Abg. JAIME PALOMARES ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N ° 28.583, en su carácter de APODERADO JUDICIAL de la Sociedad Mercantil.
Por lo tanto, que posee la cualidad para recurrir y por cuanto no existe prohibición legal de admitir el recurso; su conocimiento no compete a otro tribunal; no se han acumulado recursos que contengan conceptos ofensivos o irrespetuosos, por tal razón debe necesariamente admitirse el recurso tal como lo indica expresamente la dispositiva de la presente decisión, y así se decide.
II
ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ADMITE EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO:

INTERPUESTO POR: Por la Sociedad Mercantil “CONSTRUCCIONES COMPA-VENTA CA” (COVECA), inscrita en el registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 08/11/1988, bajo el N° 49, tomo A-18, Representada por el Abg. JAIME PALOMARES ROMERO, inscrito en el IPSA bajo el N ° 28583.
EN CONTRA DE:
La Resolución de Jerárquico N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/DJT/ARA/2015/E-058 de fecha 31/03/2015, emanada de Gerente de Regional Tributos Internos (SENIAT).
En virtud de que no hubo oposición al día siguiente a partir de la publicación de esta sentencia se abre el lapso de promoción de pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 275 del De Ley Del Código Orgánico Tributario De 2014. Cúmplase.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los (01) días del mes de abril del año (2016). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.-

ANA BEATRIZ CALDERÓN SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR
WENDY MONCADA
LA SECRETARIA
De conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República se ordena notificar al Procurador General de la Republica .Se Libro Oficio 232-16
Exp. 3180