REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, SAN CRISTOBAL. NUEVE (09) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE (09/10/2015). AÑOS 205º DE LA INDEPENDENCIA Y 156º DE LA FEDERACION.
Visto el escrito de Solicitud de Medida Cautelar Autónoma de Protección Agroalimentaria y sus anexos, constante todo de treinta y tres (33) folios útiles, presentado en fecha 05/10/2015 por los abogados Claudia Janet Moreno y José Enrique Pernía Sánchez, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 168.968 y 81.981, respectivamente, apoderados judiciales del ciudadano Efrain Duran Castro, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-24.992.019, domiciliado en el Municipio Independencia del estado Táchira, esta Instancia Agraria acuerda darle entrada, signarle número y hacer las anotaciones en los libros correspondientes. En consecuencia, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho y se acuerda oficiosamente practicar Inspección Judicial en el predio agrícola denominado “La Sauria”, ubicado en el sector Las Cumbres, Independencia, Municipio Independencia del estado Táchira, para el quinto (5°) día de Despacho siguiente al de hoy, a las ocho (08:30) horas de la mañana. Líbrense oficios al Comandante del Puesto de la Guardia Nacional Bolivariana ubicado en el Mirador, a los fines de solicitar el apoyo de seguridad con dos (02) funcionarios; al Jefe de la Unidad de Desarrollo Rural adscrito a la Unidad Estadal del Ministerio para el Poder Popular de la Agricultura y Tierras y; al Jefe de la Oficina Regional de Tierras del Estado Táchira, para la designación de un práctico que preste sus conocimientos técnicos correspondientes al caso planteado. Cúmplase.
La Juez Provisoria,
Xiomara Méndez Ramírez. La Secretaria,
Carmen Rosa Sierra.