REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, SAN CRISTOBAL. CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE (05/10/2015). AÑOS 205º DE LA INDEPENDENCIA Y 156º DE LA FEDERACION.

Recibido el presente expediente, mediante Sentencia Interlocutoria de Declinatoria de Competencia dictada en fecha 28/07/2015 por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, (Folios 40 y 41), esta Instancia Agraria, destaca de las actas procesales, que se trata de una solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria sobre un lote de terreno con vocación agrícola denominado “La Divina Misericordia” ubicado en el sector Santa Fe, Municipio Córdoba del estado Táchira. En consecuencia, este Tribunal se aboca a su conocimiento y se declara Competente para conocer y tramitar la presente solicitud.
Ahora bien, a los fines de su admisión, resulta conveniente hacer las siguientes consideraciones: De la lectura del escrito de solicitud se advierte que el petitum u objeto de la solicitud se encuentra enmarcado en normas sustantivas del Derecho Civil, con omisión del artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En consecuencia, esta Instancia Agraria, a los fines previstos, insta al solicitante, para que dentro de los tres (3) días de despacho siguientes al de hoy, subsane su escrito conforme a lo previsto en el artículo 197 ejusdem y lo adecue a los principios rectores de la materia agraria, so pena de no admitir la solicitud de conformidad a lo previsto en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo y Agrario.
La Jueza Provisoria,

Xiomara Méndez Ramírez. La Secretaria,

Carmen Rosa Sierra.