REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

Sentencia Nro. 2.273 – 15 – 2.234

CAPÍTULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Nancy Efigenia Márquez Ramírez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.418.341, con el carácter de madre de: K.M.M.M., y K.J.M.M., (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia).

DIRECCIÓN: Recta de Ayarí, trabaja en el ambulatorio, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.

DEMANDADO: José Alirio Marín Pulido, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.113.429, con el carácter de padre de: K.M.M.M., Y K.J.M.M., (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia).

DIRECCIÓN: Calle libertador, parcela 202, Abejales, Municipio Libertador del Estado Táchira.

MOTIVO: Fijación de Obligación de Manutención

Causa Número: 2.273 – 15

Fecha de Entrada: 22 de octubre de 2015

CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 19 de octubre de 2015, comparecieron de manera voluntaria los ciudadanos: NANCY EFIGENIA MÁRQUEZ RAMÍREZ y JOSÉ ALIRIO MARÍN PULIDO, con el carácter de padres de: K.M.M.M., Y K.J.M.M., (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), quienes de mutuo acuerdo convinieron en fijar el monto de la obligación de manutención, así como la forma y oportunidad de pago de la misma.
En fecha 22 de octubre de 2015, se admitió y se le dio entrada al acuerdo de fijación de obligación de manutención, establecido en fecha 19 de octubre de 2015, por ante este mismo Tribunal, entre los ciudadanos: NANCY EFIGENIA MÁRQUEZ RAMÍREZ y JOSÉ ALIRIO MARÍN PULIDO, en beneficio de: K.M.M.M., Y K.J.M.M., (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia). En tal oportunidad las partes, entre otros, expusieron:
Que fijan como obligación de manutención un mercado semanal… Que el obligado comprará el 100% de los uniformes escolares… Que el obligado se compromete en diciembre de cada año, a cubrir la totalidad de los gastos del 24… el padre cubrirá el 50% de los gastos médicos y medicinas...

CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 19 de octubre de 2015, comparecieron de manera voluntaria ante este Tribunal, los ciudadanos: NANCY EFIGENIA MÁRQUEZ RAMÍREZ y JOSÉ ALIRIO MARÍN PULIDO , con el carácter de padres de: K.M.M.M., Y K.J.M.M., (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), quienes convinieron, en la fijación del monto de la obligación de manutención, asimismo la forma y la oportunidad del pago de la misma, en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 19 de octubre de 2015, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de Manutención, conforme a lo establecido en el último aparte de artículo 369 ejusdem.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los veintidós días del mes octubre de dos mil quince. Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
La Jueza

Abog. Rosalba Ruiz Jaimes
Secretario

Abog. Luis Alfonso Sánchez Pérez