TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, nueve de octubre de dos mil quince.
204º y 156º
En el presente juicio N° 8411, instaurado por el abogado ROMAN ALESSANDRO LEAL MOLINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.391, apoderado judicial de la empresa CERTESA CERAMICAS TERAPIMA, S. A. contra LA EMPRESA ARROCERA CHISPA, C.A., representada por GIMI MONTOVANI ROMA, con cédula de identidad N° 13.906.885; y vista la diligencia de fecha 01 de octubre de 2015, suscrita por el apoderado actor, mediante la cual desiste del procedimiento de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y solicita el desglose de los contratos de arrendamientos insertos en las actas que integran la presente causa.
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al desistimiento realizado por el apoderado actor ROMAN LEAL MOLINA, otorgándole su APROBACIÓN y en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA; y conforme a lo solicitado se acuerda
• El desglose de los folios 43 y vto, 68 al 91, 93 al 96 y dejar en su lugar copia fotostática certificada.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,
Juan José Molina Camacho
La Secretaria temporal,
María Fabiola Zambrano
En la misma fecha se dejó copia bajo el N° 294
Exp. 8411
Marilú
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