JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintitrés (23) de octubre de dos mil quince.-
AÑOS: 205° y 156°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de UN (01) folio útil DIECISIETE (17) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO FERNANDEZ GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.468.162, quien actúa asistido por la Abogado en ejercicio ANA KARINA SAYAGO HERRERA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 110.764; en el cual expone: que el día 19 de abril de 2015, falleció la ciudadana MARINA ISAURA ESCALANTE DE FERNANDEZ, quien en vida fuese venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.196.431, quien estuvo domiciliada en Pirineos II, Bloque 9, Apartamento 00-01, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; quien tuvo su deceso en su dirección de habitación, de esta Jurisdicción, a causa de “…PARADA CARDIORESPIRATORIA- FIBROSIS PULMONAR…”, según Certificado de Defunción N° 2609844, de fecha 19/04/2015, expedido por el Doctor ALEJANDRO CEREZO, titular de la cédula de identidad N° V-18.762.612; tal y como se desprende de Registro de Defunción N° 401, levantado el 20 de abril de 2015, por ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira, habiendo presentado el solicitante los siguientes recaudos:
Copia certificada de Registro de Defunción N° 401 del año 2015, perteneciente a “MARINA ISAURA ESCALANTE DE FERNANDEZ”, expedida el 24 del mes de abril de 2015, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Acta de Matrimonio N° 53 del año 1976, perteneciente a “FRANCISCO ANTONIO FERNANDEZ GIL y MARINA ISAURA ESCALANTE CONTRERAS”, expedida el 21 de octubre de 2015, por el Registro Civil Principal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 89 del año 1977, perteneciente a “FRANKLIN ALBERTO”, expedida el 06 de mayo de 2015, por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 115 del año 1980, perteneciente a “KARINA EDELMAR”, expedida el 06 de mayo de 2015, por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 223 del año 1981, perteneciente a “MARIA ALEJANDRA”, expedida el 14 de mayo de 2015, por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nros. V-3.196.431, V-4.468.162, V-13.792.101, V-15.232.834, V-15.232.835, perteneciente a la ciudadana: MARINA ISAURA ESCALANTE DE FERNANDEZ, FRANCISCO ANTONIO FERNANDEZ GIL, FRANKLIN ALBERTO FERNANDEZ ESCALANTE, KARINA EDELMAR FERNANDEZ ESCALANTE, MARIA ALEJANDRA FERNANDEZ ESCALANTE, en su orden.-
Justificativo de Testigos, evacuado el tres (03) de junio de 2.015, por ante la Notaría Pública Primera del Municipio San Cristóbal de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: YINET PAZ DE ZAPATA y CARLOS ATENCIO LARA MOLINA, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad Nros. V-28.643.067 y V-1.529.291; quienes fueron contestes al declarar que les consta que la causante MARINA ISAURA ESCALANTE DE HERNANDEZ dejo como a sus Únicos y Universales Herederos a su Cónyuge e Hijos, que a continuación se especifica.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: FRANCISCO ANTONIO FERNANDEZ GIL, FRANKLIN ALBERTO FERNANDEZ ESCALANTE, KARINA EDELMAR FERNANDEZ ESCALANTE, MARIA ALEJANDRA FERNANDEZ ESCALANTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad, V-4.468.162, V-13.792.101, V-15.232.834, V-15.232.835; en su condición de Cónyuge el primero y de Hijos los restantes de la causante MARINA ISAURA ESCALANTE DE FERNANDEZ, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.




Ana Lola Sierra
Juez Temporal


Anamilena Rosales Zambrano
Secretaria Accidental
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 4901, siendo las dos y treinta minutos de la tarde (02:30 p.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.- La Secretaria Accidental