REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, ocho de octubre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: SP01-L-2014-000428
PARTE ACTORA: DARSY KARINA BAUTISTA BAUTISTA, titular de la cédula de identidad Nº V-20.618.632
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL, con Inpreabogado Nº 111.036
PARTE DEMANDADA: SIMON OSCAR CASANOVA, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.619.986
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

Vistas las actas que conforman el presente asunto de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, intentado por la ciudadana DARSY KARINA BAUTISTA BAUTISTA, titular de la cédula de identidad Nº V-20.618.632, contra el ciudadano SIMON OSCAR CASANOVA, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.619.986, este Tribunal observa:

Por cuanto se evidencia que la última actuación efectuada en la presente causa se realizó el 07 de octubre de 2014, mediante la cual el Alguacil adscrito al Circuito Judicial Laboral del Estado Táchira, ciudadano Richard Vivas, informó que no pudo practicar la notificación de la parte accionada, por cuanto dicho domicilio se encontraba cerrado, imposibilitando la entrega del cartel de notificación, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece

Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.

Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.

Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 07 de octubre de 2014, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, intentado por la la ciudadana DARSY KARINA BAUTISTA BAUTISTA, titular de la cédula de identidad Nº V-20.618.632, contra el ciudadano SIMON OSCAR CASANOVA, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.619.986. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los ocho (08) días del mes de octubre de 2015. Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
La Juez,


Abg. Beatriz Elena González G.

La Secretaría