TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 30 de noviembre de 2015
205° y 156°
Visto el contenido de la diligencia de fecha 25 de noviembre de 2015, inserta al folio 31, suscrita por la abogado en ejercicio NELIDA MARISOL GARCIA PEREZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 35.379, mediante la cual desiste del procedimiento. Ante tal actitud, esta Sentenciadora hace las siguientes consideraciones:
Como todo acto jurídico el desistimiento, está sometido a ciertas condiciones, como son:
1.- Que el desistimiento debe manifestarse expresamente a fin de que no quede duda alguna sobre la voluntad del interesado;
2.- Que tal acto sea hecho pura y simplemente, es decir, sin estar sujeto a términos o condiciones, ni modalidades ni reservas de ninguna especie;
3.- Para desistir se exige capacidad para disponer del objeto sobre el cual verse la controversia, y que se trate de materias en las que no están prohibidas las transacciones; y
4.- Si se hace a través de apoderado la existencia de facultad expresa para desistir en el poder.
Al respecto, aprecia esta sentenciadora que el acto por el cual la parte solicitante en la presente solicitud desiste del procedimiento, cumple con las exigencias procesales para realizar este acto de autocomposición.
Por todos los razonamientos antes expuesto, esta Juzgadora de acuerdo a lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, DA POR CONSUMADO EL ACTO y HOMOLOGA el desistimiento efectuado, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el presente procedimiento.
Por cuanto no hay más actuaciones pendientes por providenciar en la presente solicitud, archívese la misma.
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA JUEZA TITULAR
ABG. NORMA MAGALLY ONTIVEROS CHACON
LA SECRETARIA TEMPORAL
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
SECRETARIA TEMPORAL.
NOMBRE____________________________
FECHA_______________HORA__________
Recibe Conforme:
RMCQ/Magally o.
Exp. N° 023-15
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