TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URIBANTE Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
San Antonio de Pregonero, 26 de Mayo de 2015


EXPEDIENTE N° 1009/2015

CAPÍTULO I
DE LAS PARTES


PARTE DEMANDANTE: AMMY SADDAY ALEXANDER GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-27.501.675, madre de Bebe en Gestación.
DOMICILIO: Casa S/N del Sector Los Rastrojos de la población de Pregonero Municipio Uribante del estado Táchira.


PARTE DEMANDADA: WILMER ALFREDO RONDON RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 21.179.755.
DOMICILIO: En el Barrio El Trópico calle 1 casa N° 1-61, de la población de Pregonero Municipio Uribante del estado Táchira.

Fecha de entrada: 04 de Mayo de 2015

MOTIVO DE LA CAUSA: Fijación de Obligación de Manutención

CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS

Inicia este procedimiento en fecha 04 de mayo de 2015, al recibirse solicitud de fijación de Obligación de manutención constante de un folio útil (f.1), en la que el ciudadana AMMY SADDAY ALEXANDER GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-27.501.675, solicita que se fije la obligación de manutención a favor de su hijo (Bebe en gestación)) en contra del ciudadano: WILMER ALFREDO RONDON RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 21.179.755.(F.1)

En fecha, 04 de mayo de 2015 este Tribunal admite la solicitud presentada por la ciudadana AMMY SADDAY ALEXANDER GONZALEZ, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la ley de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo341 del Código de Procedimiento Civil y siguiendo lo pautado en el Articulo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niña y del Adolescente se ordenó librar Boleta de Notificación al Fiscal especializado del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y boleta de citación al demandado Ciudadano WILMER ALFREDO RONDON RAMÍREZ. (F.5).

En fecha 06 de mayo de 2015, el Ciudadano Alguacil de este Despacho se presentó ante secretaria informado que en esta misma fecha hizo la entrega de la Boleta de Citación al ciudadano WILMER ALFREDO RONDON RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 21.179.755. (F.8).

En fecha 01 de Diciembre de 2014, oportunidad legal para efectuar Acto Conciliatorio previsto de Obligación de Manutención, se presentaron ante el Despacho los ciudadanos: WILMER ALFREDO RONDON RAMIREZ y AMMY SADDAY ALEXANDER GONZALES, titulares de la cedulas de identidad Nos. 21.179.755 y V- 27.501.675, venezolanos, mayores de edad, el primero con domicilio en el Barrio El Trópico calle 1 casa N° 1-61 de la población de Pregonero, Parroquia Pregonero Municipio Uribante del estado Táchira, con teléfono celular 0426-3746062 y la segunda con domicilio en el Barrio La Espada de Bolívar de la Parroquia Pregonero, Municipio Uribante del estado Táchira, quienes se presentaron para efectuar el ACTO CONCILIATORIO previsto y fijar la cuota de Obligación de Manutención en beneficio de Bebe en Gestación. Seguidamente, siendo concedido el derecho de palabra a la ciudadana AMMY SADDAY ALEXANDER GONZALES manifestó: “Yo lo que quiero es que el ciudadano WILMER ALFREDO RONDON RAMIREZ me responda por el bebe que voy a tener solamente eso, por que yo con el no quiero nada”. Siendo concedido el derecho de palabra al ciudadano WILMER ALFREDO RONDON RAMIREZ, manifiesta: “Señora juez yo reconozco que tuve relaciones con ella pero no estoy de acuerdo que terceras personas me estén presionando para que responda del bebe que ella va a tener y yo estoy dispuesto a ayudar el bebe cuando nazca pero que sea una prueba de ADN la que determine que es mi hijo y así estaría dispuesto a ayudarlo con todo el amor del mundo en lo que este a mi alcance y yo me comprometo que al momento de que nazca el bebe mandarle a realizar la prueba y en ayudarlo si sale que es mi hijo”.(F.10).

En fecha 14 de Mayo de 2015, el Ciudadano Alguacil de este Juzgado se presentó ante secretaria entregando diligencia de la entrega de la Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de la Fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 13 de mayo de 2015 . (F.11-V).

Dentro del lapso abierto a pruebas del 07 de mayo de 2015 al 20 de mayo de 2015, no hubo promoción de pruebas por las partes de la presente causa. Estando dentro de la oportunidad legal para dictar sentencia esta juzgadora considera los siguientes aspectos:


CAPÍTULO III
MOTIVACIÓN

La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente dispone en su Artículo 366 lo siguiente: “La obligación alimentaria es un efecto de la filiación legal o judicialmente establecida, que corresponde al padre y a la madre respecto de sus hijos…”.
Por una parte, del examen minucioso de las actas que conforman el expediente se observa que la filiación entre el bebe en gestación y el demandado ciudadano WILMER ALFREDO RONDON RAMIREZ, no está comprobada, hasta tanto no sea determinada por la Prueba Heredo- Biológica o prueba de filiación Biológica, razón por la cual este Tribunal no puede dar ningún valor probatorio a lo que se refiere al caso.
De igual manera, concluyó el lapso probatorio sin que la solicitante y legítima interesada, aportara elementos que a juicio del Juez constituyeran indicios “suficientes, precisos y concordantes” para establecer el vínculo, de conformidad con el Artículo 367 literal C ejusdem. Y así se declara.

CAPÍTULO IV
DECISIÓN

En virtud de la normativa señalada y de los argumentos expuestos este Juzgado de los Municipios Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE FIJACIÓN DE OBLIGACION DE MANUTENCIO, incoada por la ciudadana: AMMY SADDAY ALEXANDER GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-27.501.675, en contra del ciudadano WILMER ALFREDO RONDON RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 21.179.755, en beneficio de Bebe en Gestación. Y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Notifíquese al Fiscal Especializado. Archívese el expediente. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la ciudad de San Antonio de Pregonero a los veintiséis días del mes de Mayo de 2015. Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.



LA JUEZA PROVISORIA,
Abg. Ana Cecilia Araque


LA SECRETARIA TITULAR
Abg. Yolis Alejandra Duque Z.

Se dictó y publicó la anterior decisión, siendo las 10:30 a.m., se dejo copia para el archivo del Tribunal. Se libró Boleta de Notificación al Fiscal Especializado. Se archivó el expediente constante de¬¬¬¬______________ ( ) folios útiles.
La Secretaria

Exp. N° 1009/2015
26-05-2015
ACA/yadz