TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URIBANTE Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
PREGONERO, ONCE (11) DEL MES DE MAYO DE DOS MIL QUINCE.-
AÑOS: 205° y 156°
Recibido escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, constante de siete folios (07) útiles los recaudos consignados en la presente fecha por el ciudadano SILVIO CONTRERAS RAMIREZ, mayor de edad, Divorciado, titular de la cédula de identidad N° V-3.960.699, domiciliado en Pregonero, Municipio Uribante del estado Táchira, asistido en este acto por el ciudadano Abogado JOSE BAUDILIO CARRERO GUERRERO, Titular de la cédula de identidad No. V- 9.330.723, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 42097. Actuando con el interés de heredero del causante AMABLE CONTRERAS RAMIREZ, venezolano, casado, titular de la cedula de identidad N° 698.773, en la cual expone que es el padre del causante AMABLE CONTRERAS RAMIREZ, venezolano, casado, titular de la cedula de identidad N° 698.773, quien falleció el 14 de Febrero de 2.014, quien estuvo domiciliado en Carrera 3 N° 7-19 de Pregonero Municipio Uribante del estado Táchira y quien tuvo su deceso, a causa de “ACCIDENTE CEREBROVASCULAR ISQUÉMICO; CARDIOPATÍA HIPERTENSIVA”, según Certificado de Defunción N° 2219030, suscrito por la Doctora ANA OLIA BLANCO DE MORA, cedula de identidad N° V- 4.209.475, tal como se desprende según lo escrito en Acta de Defunción N° 13 del Causante AMABLE CONTRERAS RAMIREZ, expedido el 24 de Febrero de 2014, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Uribante del estado Táchira. Asimismo, el solicitante presentó los siguientes anexos:
1.- Copias fotostáticas simples de Cédulas de Identidad del solicitante SILVIO CONTRERAS RAMIREZ, y del causante AMABLE CONTRERAS RAMIREZ; signadas bajo los Nos. V- 3.960.699 y V- 698.773; en su respectivo orden.
2.- Copia certificada de Acta de Defunción No.13 del año 2.014, perteneciente a “AMABLE CONTRERAS RAMIREZ” expedida el 24 de Febrero de 2014, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Pregonero del Municipio Uribante del estado Táchira.
3.- Copia certificada de Acta de Nacimiento No. 780 del año 1951, perteneciente a “SILVIO CONTRERAS RAMIREZ”, expedida el 02 de Febrero de 2015, por el Registro Civil de la Parroquia Pregonero, Municipio Uribante del estado Táchira.
5.- Copia Fotostática de Certificado de Solvencia de Sucesiones bajo el Registro No. 1338 del año 2014, perteneciente a AMABLE CONTRERAS RAMIREZ; expedida el 17 de julio de 2014, por la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Los Andes SENIAT.
6.- Copia Fotostática de Planilla de Pago Forma 99032, de Declaración Definitiva de Impuesto Sobre Sucesiones.
7.- Copia fotostática simple de Registro Único de Información Fiscal (RIF) del solicitante SILVIO CONTRERAS RAMIREZ; signado bajo el N°. V039606999.
8.- Copia fotostática simple de Registro Único de Información Fiscal (RIF) SUCESIÓN AMABLE CONTRERAS RAMÍREZ, bajo el N° J403845395.
Igualmente. Presentaron como medio de prueba JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS evacuado en fecha 23 de Marzo de 2015, bajo el N° 276/2015, por ante el Tribunal Ordinario de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en donde rindieron su testimonio los ciudadanos: OSCAR ALI RAMIREZ, FLOR JOSEFINA MEDINA DE ROA y DEYSI COROMOTO LINARES ROA, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad No. V-1.794.623, V-9.126.832 y V-16.908.550 en su orden; quienes fueron contestes al declarar que les consta que el causante AMABLE CONTRERAS RAMIREZ; dejo como a su Único y Universal Heredero a su hijo que a continuación se especifica: SILVIO CONTRERAS RAMIREZ.
En consecuencia, por los fundamentos anteriormente expuestos, 299/2015; y así se decide.
Conforme al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase el original a los interesados y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal. Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala del Tribunal Ordinario de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en Pregonero, a los Once (11) días del mes de Mayo de Dos Mil Quince. Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-
ABG. ANA CECILIA ARAQUE ABG. YOLIS ALEJANDRA DUQUE
JUEZA PROVISORIA SECRETARIA
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 299/2015, siendo las dos horas de la tarde (02:00 p.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal
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